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SERVIR no anuló proceso de contratación en UGEL Santa, sino cuadro de resultados

Pide que evalúen nuevamente a postulante y otorguen puntaje:

El Tribunal del Servicio Civil (SERVIR) emitió la resolución 005325 – 2025 del proceso de contratación 09-2024 de 19 de diciembre de 2024 UGEL Santa, el mismo que en las redes sociales se ha difundido que se declara nulo todo el proceso, sin embargo, la Directora de la entidad, licenciada Romy Saldaña Távara, negó que sea asi.

Entrevistamos a la titular de la UGEL Santa y al Dr. Aquiles Soria Paima, miembro del comité del proceso aludido referido a lo contratación de un personal de especialista administrativo – abastecimiento, quienes de plano señalaron que la resolución de Servir no resuelve por declarar nulo todo el proceso.

Saldaña Távara señaló que la resolución de Servir precisa que se declara nulo el cuadro de resultados finales y retrotrae el proceso al momento previo a la emisión del cuadro y que en ese sentido se va a cumplir lo ordenado por Servir.

“Servir nos pide explicaciones del puntaje otorgado al apelante Miguel Ángel Aguilar Zavaleta de porque tiene determinado puntaje en capacitaciones y en experiencia laboral para luego emitir el cuadro final tal como lo pide Servir que declaró la nulidad del resultado final del proceso 09 – 2024”, manifestó el abogado.

Sobre el puntaje a nivel de capacitaciones de Aguilar Zavaleta y que Servir ha observado al comité del proceso de contratación, respondió que no se puso el puntaje debido a que “las capacitaciones tienen que estar enmarcadas dentro de la normativa dispuesto por el Ministerio de Educación” y que en el caso del apelante “si tiene capacitaciones, pero la norma señala que los certificados y diplomas de capacitación válidos para cada concurso son los otorgados por instituciones reconocidas con decreto supremo, con resoluciones ministeriales, resoluciones directorales y los expedidos por universidades públicas o privadas, no señala otro organismo que debe emitir este tipo de certificaciones”, contestó dejando entrever que los diplomas presentados por el apelante no estan enmarcados dentro de los lineamientos anotados.

A su turno, la licenciada Romy Saldaña reiteró que Servir no está disponiendo la nulidad de todo el proceso y que se va a cumplir lo que está ordenando por lo que ya remitió al comité de concurso la documentación del ente antes mencionado.

Señaló que ella no tiene injerencia en el comité de concurso, pues este tiene autonomía plena de ahí que rechazó los calificativos que en redes sociales han dirigido hacia su persona, lo que entiende que al ser de manera sistemática se estaría dando una especie de difamación encubierta.

“En su resolución Servir no menciona a mi persona, no afirma que se han dado actos de corrupción por lo que estoy notando que en las redes sociales hay algunos que de manera sistemática están atacando mi gestión seguramente con la finalidad de dañar mi reputación como lo han tratado de hacer en denuncias que me han formulado por casos similares, pero que la fiscalía los ha archivado luego que se les explicó como son los procedimientos de contratación en los que no tengo injerencia alguna”, sentenció la titular de la UGEL Santa.