El Decreto Legislativo 1716 endurece las sanciones por fraude tributario en el Perú. Falsificar datos para inscribirse o modificar el RUC ya es delito penal y puede llevar a prisión. Expertos alertan sobre fiscalizaciones virtuales de SUNAT y piden cautela para evitar que errores administrativos deriven en procesos penales.
El panorama legal para los contribuyentes en Perú ha dado un giro importante con la publicación del Decreto Legislativo Nº 1716. Esta norma modifica la Ley Penal Tributaria (DL 813) con el objetivo de actualizar los delitos relacionados con la emisión de comprobantes electrónicos y el sistema de detracciones.
Falsificar datos para el RUC podría ser un camino directo a la cárcel
La modificación del Artículo 5-A establece que será reprimido con pena privativa de libertad (de 2 a 5 años) quien proporcione información falsa a sabiendas para inscribirse o modificar datos en el RUC. Si este registro fraudulento se utiliza para obtener la autorización de emitir facturas, guías de remisión o notas de crédito electrónicas, la situación se agrava considerablemente.
La advertencia de los especialistas
El abogado tributarista Jorge Picón señaló que esta medida parece estar ligada a la reciente ofensiva de la SUNAT contra los «sujetos sin capacidad operativa» (SSCO), quienes emiten facturas por millones de soles sin tener el sustento real para hacerlo.
Sin embargo, Picón expresa su preocupación sobre la aplicación de la norma: «El criterio que ellos (SUNAT) aplican para operaciones no reales tiene un margen de error muy alto. Entonces eso podría dar lugar a que adicionalmente a los problemas administrativos, ahora se agreguen problemas penales».
Picón advierte que, si no se aplica con prudencia, la norma podría convertirse en una «cacería de brujas» que termine afectando a empresas formales por errores de criterio de los auditores.

