El Juzgado Unipersonal dirigido por el juez Carlos Castro Ávalos dictó sentencia absolviendo de responsabilidad en el delito de difamación agravada en contra de la abogada Alicia Tapia Rivera, que le formuló José Chávez Ruíz.
Chávez Ruíz la querelló sosteniendo que la abogada Alicia Tapia dio declaraciones públicas referidas a que era un consumidor de droga y comercializador de estupefacientes lo que dañó su honor y reputación.
Frente a ello, el abogado Anderson Arquero Cruz, que defendió a la querellada sostuvo que en las declaraciones de su patrocinada no hubo ánimo de difamarlo y por el contrario presentó documentos que sustentaban lo vertido por Alicia Tapia.
Uno de esos documentos fue una resolución judicial sobre el proceso por el delito de abandono y exposición al peligro seguido contra la madre de una menor y en cuya sentencia condenatoria se menciona lo declarado por esta agraviada corroborando lo dicho por Tapia Rivera.
Otro documento relevante para contextualizar los hechos fue una sentencia condenatoria contra el policía Víctor Abel Giraldo Márquez por abuso de autoridad, proceso en el cual se estableció que quien formuló la denuncia contra el sobrino de la absuelta abogada fue el propio querellante.
«En su resolución, el juez determinó que las declaraciones públicas realizadas por mi persona estuvieron enmarcadas en el ejercicio legítimo del derecho de defensa y en la búsqueda de justicia, descartando cualquier intención de desprestigio», manifestó Tapia Rivera en clara referencia a las declaraciones públicas que dio defendiendo a su sobrino que está preso con sentencia de cadena perpetua por denuncia de violación a una menor, la misma que ahora en su mayoría de edad ha revelado con un video subido a las redes sociales que él no fue el autor del abuso sexual y que en realidad fue su padrastro.
«El juez fue claro al precisar que para configurar el delito de difamación agravada no basta con la incomodidad o el desacuerdo frente a una declaración pública; es indispensable acreditar la intención concreta de dañar el honor, aspecto que no fue probado durante el juicio», termino diciendo Alicia Tapia Rivera.

