Política

FUNCIONARIOS DE MUNICIPIO DE SIHUAS IMPLICADOS EN HECHOS IRREGULARES

Según Contraloría:

La Contraloría General de la República encontró hechos de presunta irregularidad en la Municipalidad Provincial de Sihuas, donde los funcionarios del Comité de selección otorgaron buena pro a una empresa que no constataba experiencia en proyectos similares a los que se iba a realizar y, además, presentó una mayor oferta económica por S/. 68,330.59 soles.

El documento corresponde al Informe de Control Específico N° 005-2023-2-0345-SCE, la cual está referida al procedimiento de selección sobre el proyecto de obra: “Creación del Complejo Turístico Municipal de aguas termales del sector Rupaj del Distrito de Huayllabamba” entre el 09 de septiembre del 2022 al 12 de octubre del mismo año. Asimismo, también señalan que la empresa a la que fue otorgada la buena pro, no cumplió con presentar la documentación requerida.

Según detalla dicho informe, los miembros del comité de elección para la ejecución de la obra mencionada, mismos que fueron designados por el gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Sihuas, no advirtió que dentro de los miembros titulares no estaba un miembro que pertenezca al Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad. También, realizaron la convocatoria del procedimiento de selección sin advertir la falta de documento de disponibilidad física del terreno. Son 6 los funcionarios implicados.

Del mismo modo, los miembros del comité de selección no admitieron la oferta del Consorcio Milagro, quien ofertó el 90% del valor referencia, equivalente a S/. 690,646.13, aun con haber cumplido con presentar los documentos para su admisión de acuerdo a lo establecido en las bases integradas. Sin embargo, los miembros del comité decidieron desestimar esa oferta y admitieron la de Corporación V&V Contratistas Generales SAC, a quien le otorgaron la buena pro, con una oferta equivalente al 99% del valor referencia por el monto de S/. 758,976.72; lo que generó que la Entidad contrate en mejores condiciones.

En ese sentido, el Jefe de la Oficina de Logística y Patrimonio dio trámite y materializó la suscripción del contrato de ejecución de obra, suscrito por la empresa Corporación V&V Contratistas Generales SAC, aunque presentaron los documentos incompletos y no acreditaban experiencia ni cargo ocupado por el Residente de obra propuesto. De esa forma, la entidad contrató con una diferencia económica por S/. 68,330.59 soles, pero este beneficio para la empresa de la buena pro, incluía una utilidad por S/. 21,149.73.

Cabe resaltar que el comité de selección fue designado por el gerente municipal, José Ponte Colchado; donde eligió a miembros de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural; y uno de la Gerencia de Administración y Finanzas y, uno de ellos debía pertenecer al Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad. Tras ello, Rony Carlos San Martin Sacramento (Presidente), Elenisse Simeón Vidal (Primer miembro) y Ciro Ynoki Kusaka Lozano (Segundo miembro); fueron los encargados de conducir y ejecutar el procedimiento de selección de la ejecución de la obra y quienes, por unanimidad, aprobaron el proyecto de bases.

Por ello, se resaltó la participación de algunos funcionarios en los hechos de presunta irregularidad como: Rony Carlos San Martin Sacramento, Presidente y Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano Rural; a quien le atribuye responsabilidad por haber realizado el cálculo inexacto del límite inferior valor referencial, también por haber convocado al procedimiento de selección, pese a no contar con el documento de disponibilidad física del terreno y otorgar la buena pro a la empresa, pese a los incumplimientos señalados.

Elenisse Simeón Vidal, Primer miembro del comité y gerente de Administración y Finanzas, quien también convocó al procedimiento de selección, pese a no contar con documentación del terreno y tampoco haber verificado los documentos de la empresa. Ciro Ynoki Kusaka Lozano, Segundo miembro, quien tuvo las mismas acciones que los demás miembros, transgrediendo los artículos establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado.

Asimismo, Johan Eder Minaya Paz; Jefe de la Oficina de Logística y Patrimonio, por haber tramitado sin observaciones el perfeccionamiento del contrato, pese a que la empresa ganadora de la buena pro no cumplió con presentar todos los documentos establecidos en las bases para la firma del contrato. Sharon Magaly Velásquez Quiñones; Jefa encargada de la Oficina de Logística y Patrimonio, por haber registrado en el SEACE, un documento que no correspondía a la disponibilidad del terreno y; José Luis Ponte Colchado; Gerente Municipal, por haber designado al comité de selección, pese a que debía estar conformado por un miembro del Órgano Encargado de Contrataciones del Estado.

Por otro lado, se identificó la participación de terceros como es la de Omar Raúl Vera Vega; representante legal de la Corporación V&V Contratistas Generales SAC, quien presentó su oferta a través del SEACE; sin embargo, no acreditó experiencia en la especialidad requerida.

Finalmente, será el Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, el encargado de iniciar acciones penales en contra de los implicados del presente informe de control específico.