La Contraloría General de la República advirtió que en Áncash 54 directivos de libre designación y remoción pertenecientes a unidades ejecutoras del gobierno regional y municipalidades no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento, así como en los documentos de gestión de sus respectivas entidades.
La información forma parte de los resultados del operativo nacional de “Verificación de requisitos e impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública” realizado a una muestra de 50 entidades públicas en la región Áncash. A nivel nacional se supervisaron 554 instituciones.
Cabe señalar que la Ley N° 31419 está vigente desde febrero del 2022 y establece una serie de disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción.
Para realizar este operativo en Áncash se desplegaron 97 auditores distribuidos en 50 comisiones de control que intervinieron en el Gobierno Regional (Gore) y 16 de sus unidades ejecutoras, 20 municipalidades provinciales y 13 municipales distritales. En ese contexto, las comisiones de control revisaron legajos de 373 directivos de confianza, de los cuales 279 corresponden al segundo nivel organizacional (gobiernos regionales y locales) y 94 al tercer nivel.
Principales resultados
Según el Informe N° 21998-2023-CG/GRLIM-SOP, en los 50 informes de control se revelaron 148 situaciones adversas de las cuales 121 (82%) están relacionadas a cinco tipologías definidas como cargos de confianza que exceden el 5% del total de puestos existentes, la falta de acreditación del cumplimiento de requisitos mínimos, la falta de verificación de del cumplimiento de los requisitos mínimos, la carencia de revisión de la información contenida en registros y plataformas para la verificación de impedimentos para el acceso a la función pública y Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Manual de Clasificado desactualizados.
En relación al cumplimiento de requisitos mínimos para acceder al cargo de directivos públicos, el operativo de la Contraloría permitió determinar que 54 directivos públicos de libre designación y remoción en 26 entidades supervisadas no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia, según lo establecido en la Ley N° 31419 y su reglamento, y/o los documentos de gestión de las entidades supervisadas.
La mayor cantidad de designaciones que no acreditaron cumplir estos requisitos pertenecen a municipalidades provinciales (15), luego aparecen las municipalidades distritales (7) y las unidades ejecutoras del Gore Áncash (4). Entre los gobiernos locales con un mayor número de funcionarios o directivos que no acreditan cumplir los requisitos mínimos, figuran las municipalidades provinciales de Huari (4) Huaylas (4) y Pomabamba (4), entre otras.
Además, se identificó que de las 50 entidades intervenidas en 22 (44% del total) sobrepasaron el límite del 5% del total de cargos o puestos existentes para la designación de servidores de confianza. Entre ellas se encuentran la Dirección Regional de Agricultura, la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones, el Proyecto Especial Chinecas, la Subregión El Pacífico, las municipalidades provinciales de Huaraz, Carhuaz, Sihuas, entre otras y las comunas distritales de San Marcos, Nuevo Chimbote, Chavín de Huántar, Mirgas, etc.
Este hecho no es acorde con la normativa vigente, la cual busca una administración pública moderna, jerárquica, profesional, para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a los usuarios.
Asimismo, se detectó que en 20 entidades públicas no se acreditó haber realizado la verificación de los requisitos mínimos exigidos en la normativa aplicable para la designación de cargos directivos y que en 27 no se acreditó haber efectuado consulta alguna en las plataformas y registros para la verificación previa de impedimentos, en relación al acceso a la función pública de sus directivos de libre designación y remoción.
De igual manera, en 26 entidades intervenidas no se actualizaron los instrumentos de gestión referidos al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Clasificador de Cargos, lo que provocaría el riesgo de no contar con directivos que cumplan requisitos acordes con la naturaleza y especialidad de cada entidad.
Otra situación preocupante fue que en 5 entidades supervisadas se contrataron a directivos bajo la modalidad de locación de servicios para cumplir funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, lo cual afecta la naturaleza y legalidad de la contratación.
Finalmente, en tres entidades se identificaron deficiencias en el ordenamiento, archivo y custodia de documentos en los legajos personales de directivos públicos, lo que significa un riesgo que puede afectar la integridad de la información que sustenta la designación de esos directivos públicos.