Noticias Locales

UNA ALCALDESA Y DOCE BURGOMAESTRES VARONES DEBERÁN DEJAR EL CARGO

Como resultado de la consulta popular de revocatoria:

14-junio-una

Una alcaldesa y doce burgomaestres distritales varones deberán dejar el cargo como resultado de la reciente consulta popular de revocatoria ejecutada en 27 distritos del país, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

 En el distrito de Condormarca (Bolívar, La Libertad),  el alcalde Segundo Andrés Sopla Coronel, permanecerá en el cargo por una diferencia de dos votos a su favor. Por su revocatoria  votaron 353 electores, pero por su permanencia lo hicieron 355.

 En Ancash, la región con más autoridades en consulta, solo dos de los siete alcaldes distritales sometidos a revocatoria,  reúnen las condiciones para dejar el cargo. Ellos son el alcalde de Coris (Aija), Alex Zaguri Gonzáles Anaya (587 voto por el SI – 200 votos por el NO), así como el alcalde del distrito de Santa Cruz (Huaylas), Ernán Eladio Flores Salazar (1,210 votos por el SI y 779 votos por el NO).

 En las regiones Amazonas y Apurímac, los cinco alcaldes sometidos a consulta deberán dejar el cargo.  Ellos son: el alcalde de La Jalca (Chachapoyas, Amazonas), Julio Abel Chávez Fernández  registró  1,326 votos para que deje el cargo  y  861 para que permanezca, mientras que en el distrito de  San Cristóbal (Luya, Amazonas), el alcalde  Alfonso Valqui García tuvo 209 votos para que deje el cargo y 158 para que se quede. En Apurímac la alcaldesa de Tumay Huaraca (Andahuaylas), Florisa Peceros de la Cruz (448 votos por el SI y 326 votos por el NO); el alcalde de Soraya (Aymaraes), Rubén Molina Arbieto (242 votos por el SI  y 128 votos por el NO) y el alcalde de Turpay (Grau), Amilcar Huillca Curi (238 votos por el SI y 170 votos por el NO).

 No reúnen condiciones

 En otros siete distritos en los que sus  alcaldes también fueron sometidos a la consulta popular de revocatoria no se reunieron las condiciones para que sean revocados ya que, en cada circunscripción, no acudió a votar el 50%  de los electores hábiles, una de las dos condiciones para revocar a una autoridad.

 Estos distritos son: Huacllan (Aija, Ancash), Masin (Huari, Ancash), Llama (Mariscal Luzuriaga, Ancash), Utco (Celendín, Cajamarca), Rondos (Lauricocha, Huánuco), Sitabamba (Santiago de Chuco, La Libertad) y Madean (Yauyos, Lima).

Según el artículo 23° de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley N°26300) para  revocar a una autoridad se requiere la mitad más uno de los votos válidamente emitidos y para que  proceda la revocatoria debe asistir por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los electores hábiles del padrón.