• Policía dice que le incautó droga y municiones en los bolsillos laterales de su short, pero Fiscalía comprobó que detenido solo tenía un bolsillo en parte trasera.
• Segunda Sala Penal emplaza a efectivos policiales a no seguir cometiendo excesos.
Abuso total. Tras corroborar un exceso policial que pone en tela de juicio su accionar contra la criminalidad; la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa, declaró fundado un recurso de habeas corpus en contra dos oficiales y cinco suboficiales de la Policía Nacional, quienes sembraron droga y municiones de arma de fuego a un joven cuando salía de una cabina de internet en la urbanización El Trapecio, con la única finalidad detenerlo.
La decisión firmada por los magistrados Mardelí Carrasco Rosas (directora de debates), Daniel Vásquez Cárdenas y Walter Lomparte Sánchez, confirma de manera categórica, que los efectivos policiales, de manera abusiva, sembraron droga y municiones de una arma de fuego al joven Alan Manuel Rimache Castillo, con la única finalidad de detenerlo.
Lo gracioso de este accionar abusivo y hasta ahora impune de estos malos efectivos policiales, es que señalaron en su acta de intervención que a Alan Manuel Rimache Castillo se le halló en el bolsillo lateral izquierdo del short, una bolsa de polietileno con tres pacos de marihuana y 103 envoltorios tipo kete de pasta básica de cocaina y en el bolsillo lateral derecho del mismo short se le encontró cinco municiones calibre 38.
Sin embargo, cuando la Fiscal Penal, Lucía Vidal Castillo, a cargo de las investigaciones, realizó el acta de descripción de prendas del detenido, se percató que el mencionado short que llevaba puesto el detenido, que clamaba inocencia y denunciaba el abuso de los efectivos policiales; solo tenía un pequeño bolsillo, pero en la parte posterior superior y en ningún caso en sus partes laterales.
Ello fue merituado por los magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones quienes además desnudaron los argumentos de los efectivos policiales que jamás supieron justificar que delito habría cometido en flagrancia para detenerlo y privarlo de su libertad al momento de su intervención.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones emplazó al Mayor PNP Omar Tafur Rengifo, al Capitán PNP, César Daniel Calle Vigo y a los suboficiales PNP Daniel Mena Chuquispuma, Eder Ederson Hurtado Gambini, Pablo Ricardo Calderón Arteaga, Jesús Díaz Mamani e Iván Bermudez Paredes a no actuar de esa manera, pues en lo sucesivo, las consecuencias podrían ser de mayor gravedad, en caso persistan con dicha actividad ilícita.
Estos efectivos policiales, quienes también son investigados por abuso de autoridad en una Fiscalía Penal por estos hechos, intervinieron el pasado 3 de abril del presente año a Alan Manuel Rimache Castillo cuando salía del local de cabinas de internet “Mister Web” ubicado en la manzana F1 Lote 13 de la urbanización El Trapecio.
La decisión judicial de segunda instancia revocó la resolución del Juez Roma Cruz Avilés quien había declarado infundado el habeas corpus bajo un argumento que solo se insertó en el sétimo considerando y que no evaluó las groseras contradicciones entre el acta de intervención policial y el acta de registro cuando permanecía detenido, donde se advertía claramente los bolsillos laterales del imputado no existían.