Es responsabilidad del MVCS:
La Contraloría ha emitido un informe de Hito N ° 2 – Inicio de ejecución del contrato del consultor implementador: Mejoramiento y ampliación del servicio de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en los distritos de Nuevo Chimbote y Chimbote, provincia del Santa; denominado PTAR II, que ejecuta el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS por S/ 628 372 264.31; en el que se existe una observación.
El MVCS no está cautelando el cumplimiento de las condiciones para el inicio del plazo contractual, pese a haber suscrito el contrato con el consultor implementador, situación que genera el riesgo de retrasar el inicio de la consultoría y, por ende, la ejecución de la obra afectando el objetivo del proyecto.
De acuerdo a la información alcanzada por el MVCS a la comisión de control , así como de la revisión de la información relacionada al proyecto en la plataforma del Sistema de Trámite Documentario (SITRAD) del MVCS, se advierte que, a pesar de haberse suscrito el contrato de servicios de consultoría entre la Entidad y el Consultor Implementador, la Entidad no está cautelado el cumplimiento de las condiciones de inicio del contrato, ya que desde el 6 de diciembre de 2023 hasta la fecha de elaboración del presente informe, aún no se cuenta con la fecha válida para el inicio de las labores del Consultor Implementador, además, que en el año 2024 no se ha considerado la previsión presupuestal necesaria para cumplir con el pago del anticipo
Si la Contraloría que desde la fecha que se tenía prevista para el inicio de la consultoría hasta la fecha del presente informe, han transcurrido 45 días calendario en que no se tiene la carta fianza, así como la entidad no ha tomado acción exhortando al Consultor Implementador que presente la corrección de la carta fianza a fin de dar cumplimiento al Contrato suscrito, tal como se especifica en el ítem 4.1.1 del Capítulo 4.1 Comienzo y finalización – Paragraph 4.
Respecto a la previsión presupuestal del Proyecto, se tiene que para el año fiscal 2024, se le ha asignado al proyecto el monto de S/ 1 913 784.
Asegura el órgano de control que de la revisión del contrato de obra señalado en los párrafos anteriores, se tiene que el monto asignado para el Proyecto en el año fiscal 2024, no cubre el anticipo del 20% (EU 700 048,45), que debe ser entregado al Consultor Implementador.
Al comparar el monto asignado en el año fiscal 2024, y el monto que debe otorgarse como anticipo al Consultor Implementador, se tiene una diferencia de S/ 1 508 052,83, monto que no está previsto para el Proyecto en el año fiscal 2024, lo cual no permite cumplir con las condiciones contractuales para el inicio de la consultoría
En ese sentido, lo descrito en los ítems i, y ii, se evidencia que la entidad no está cautelando que se cumplan las condiciones para el inicio del plazo contractual, contraviniendo los términos contractuales, así como la normatividad vigente.
El informe No. 112-2024-OCI/5303-SCC fue elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) del MVCS (periodo de evaluación del 23 de febrero al 1 de marzo del 2024); y comunicado a la titular del MVCS para que se tomen las medidas que correspondan.