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Clausura definitiva del Camal Municipal por SENASA tras inspección

Encontraron 18 observaciones:

Mediante el oficio D004-2024-MIDAGRI-SENASA-DEANC-AIAIA, SENASA clausuró de manera definitiva el camal municipal después de la inspección realizada el último 26 de abril, donde encontraron 18 observaciones.

El documento señala que el referido matadero municipal no cuenta con autorización sanitaria para su funcionamiento, emitida por el SENASA, infringiendo el reglamento sanitario según el Decreto Supremo N° 015-2012-AG. Además, el referido matadero municipal se encuentra dentro del área urbana, lo que está prohibido. No cuenta con rampa de desembarco de ganado y utilizan arena amontonada. Además, el personal de SENASA verificó vísceras botadas en un pozo con bazofia de ganado bovino y presencia de aves silvestres.

También señala el documento que encontraron corrales de madera y cemento con techos de esteras, las cuales se encuentran deterioradas, no hay delimitación de corrales ni de corrales de aislamiento. Se observaron vísceras en los corrales. Las duchas para el bañado del ganado no están operativas. El beneficio se realiza en el suelo, lo mismo que el eviscerado. Esos pisos se encuentran agrietados y las paredes sucias.

Otras observaciones señalan que las canaletas en las zonas de beneficio se encuentran sucias con restos de excremento y vísceras. Las paredes de las zonas de beneficio se encuentran sucias con plumas de aves, heces y con presencia de aves silvestres. Las zonas de beneficio de porcinos y ovinos no tienen rejillas, no tienen ventanas y colindan con las zonas donde se eliminan las bazofias y, además, las aguas vertidas pasan directamente a la red pública sin ningún tratamiento.

Esta lamentable situación es la que detectó SENASA en su presencia en el camal municipal y dispuso su clausura definitiva, pero hace constar que puede haber un recurso de apelación en quince días hábiles.

Se recuerda que, en la sesión de la comisión de salud, la Municipalidad Provincial del Santa informó que están solicitando 45 días para levantar las observaciones que ha señalado SENASA y puso énfasis en la modificatoria para el tratamiento de las aguas residuales.