Opinión

Los aforados y la persecución política

Por: Fernando Zambrano Ortiz

Analista Político

El aforamiento en el Perú tiene sus orígenes en la Constitución Política de 1993, que establece la condición de aforados para ciertos funcionarios públicos, como el presidente de la República, los ministros, los congresistas, los magistrados del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia. Este fuero especial implica que estos altos funcionarios requieren de un antejuicio ante el Congreso antes de ser acusados y juzgados por los tribunales.

En el caso de los congresistas, cuentan con inmunidad parlamentaria, lo que les protege de ser procesados por opiniones expresadas en el ejercicio de sus funciones. Estos privilegios se justifican en base a la necesidad de garantizar la independencia y el correcto funcionamiento de las instituciones del Estado. Al otorgarles inmunidad parcial, se busca evitar posibles presiones externas que puedan interferir en su labor.

Sin embargo, pese a que el Tribunal Constitucional ha dictado resoluciones precisando los alcances de los privilegios de los aforados, el Poder Judicial y la Fiscalía han venido ignorando dichos principios y preceptos constitucionales. Lamentablemente, en la práctica, estas instituciones se han convertido en instrumentos de persecución política.

Transgredir los privilegios de los aforados en Perú es una falta grave que vulnera garantías constitucionales. No obstante, las sanciones aplicadas a fiscales, jueces o tribunales que incurren en estas transgresiones suelen limitarse principalmente a multas y amonestaciones, sin mayores consecuencias. Incluso, desde los órganos encargados de impartir sanciones a jueces y fiscales, como la Junta Nacional de Justicia y la Autoridad Nacional de Control, se hacen de la vista gorda ante estas infracciones constitucionales.

La solución a esta problemática recae en una reforma del sistema de administración de justicia, resoluciones firmes del Tribunal Constitucional y la inhabilitación de jueces y fiscales supremos que han incurrido en infracción constitucional, declarada por el Congreso de la República. Solo así se podrá garantizar que los privilegios de los aforados sean respetados y las instituciones que administran justicia sigan siendo utilizadas como instrumentos de persecución política.