El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la propiedad Intelectual, más conocido por sus siglas INDECOPI, ha decidido iniciar un procedimiento de investigación contra el rector de la Universidad Nacional del Santa, Sixto Díaz Tello y sus principales funcionarios, por infracciones al Código de Protección de Defensa del Consumidor.
Esta pesquisa está relacionada con la pública denuncia relacionada con las falsas maestrías que estuvo ofreciendo la Universidad del Santa y las cuales han sido desconocidas por el organismo rector del sistema universitario en el país, como es la SUNEDU, lo que ha implicado que cientos de profesionales resulten engañados y defraudados por haber invertido tiempo y dinero infructuosamente.
En realidad la denuncia ante el organismo competente en materia de defensa al consumidor ha sido planteada por la Asociación de consumidores y Usuarios de la Región Ancash (ACUREA), la cual recogió la denuncia de los afectados que se había propalado a través de los medios de comunicación y las redes sociales.
Aun cuando la infracción es evidente, lo cierto es que este procedimiento se ha iniciado solo por la terquedad de un rector que se negó a reconocer la grave falta que había cometido su institución y resolver, en el marco de un dialogo alturado, los graves inconvenientes que había generado a los profesionales que confiaron en ellos.
Estos casos no se resuelven con soberbia y altanería, no se consigue absolutamente nada cuando una de las partes se muestra intolerante y hasta ataca a la afectada con frases altisonantes y, esencialmente, falaces.
Y lamentablemente, el rector Sixto Díaz apeló a esta modalidad embaucadora de enfrentar las cosas, le faltó el respeto a los comunicadores que habían denunciado públicamente esta suerte de estafa y pensó que utilizando a un tonto útil podría sortear fácilmente un problema que apuntaba a convertirse en una verdadera piedra en el zapato en su gestión.
Si el rector hubiera convocado debidamente a quienes habían resultado perjudicados con estas maestrías no autorizadas, si hubiera reconocido a quienes aparecieron en los medios declarando en nombre de un númeroso grupo de frustrados maestristas y hubiera llegado a acuerdos satisfactorios entre las partes, lo cual involucraba unas disculpas oportunas, nada de esto habría dado lugar a procedimientos que hoy se encuentran en la vía administrativa pero mañana podrían estar en la vía penal.
Lo que ha sucedido acá es la vigencia de un mecanismo absolutamente informal al cual apelan muchas personas, como por ejemplo los dueños de negocios y establecimientos nocturnos, pero que no puede llevarse de ninguna manera a una Universidad en donde imperan las formas y las normas de estricto cumplimiento.
Decimo ello porque ante la vigencia de la nueva ley universitaria, las Universidades estaban en la obligación de formalizar y regularizar todos los servicios educativos que brinda, en otras palabras, debe contar con una nueva autorización para el funcionamiento de escuelas o programas académicos que brinda paralelamente a la formación de los futuros profesionales del país.
Sin embargo, en la Universidad del Santa, aparentemente, pensaron que presentando una solicitud era suficiente como para echar a andar el aparato de ofertas educativas que poseen y lo hicieron a despecho de las advertencias de la propia SUNEDU, tal como lo han demostrado los afectados al mostrar las cartas que le remitieron el rector de la Universidad pero este hizo caso omiso y siguió adelante con un curso que ha quedado trunco con el consiguiente y grave perjuicio para quienes se acogieron al mismo.
Creemos que el rector Sixto Díaz pudo evitar todos estos contratiempos, pudo impedir que su institución se vea expuesta a una sanción pecuniaria que puede ser sumamente drástica como ocurre en estos casos relacionados con la falsedad de los servicios y la publicidad de los productos que se ofertan a los consumidores.
Ocurre que a los funcionarios poco o nada les interesa esto pues saben que si al final reciben una sanción ella correrá a cargo de la institución y no saldrá de su bolsillo. Un abuso descarado que no debe permitirse.
CASTIGO NECESARIO
Generalmente los abogados están sentados a un costado de sus defendidos y deben ver como estos son enmarrocados y llevados a un centro penitenciario o deben comunicarle la medida restrictiva cuando les sugieren que no se presenten a la diligencia, por lo que ingresan a la clandestinidad.
Sin embargo, la semana pasada esta figura si invirtió y quien ha sido objeto de una condena con pena de prisión efectiva ha sido una abogada que tuvo la osadía de engañar a los padres de su patrocinado a quienes les exigió 3000 soles para realizar supuestos pagos que favorecían a su hijo y finalmente todo fue una farsa.
La condenada es la abogada Cris Cueva Pérez, quien ha sido sentenciada por el segundo Juzgado Unipersonal de Chimbote a 6 años de cárcel efectiva por delitos de estafa y tráfico de influencias, por lo que se encuentra como prófuga de la justicia.
Los hechos fueron denunciados por una pareja de esposos quienes revelaron que la abogada les pidió 1,500 soles para entregarle al Fiscal que estaba a cargo del caso de su hijo y para que pueda expedir una disposición en su favor, mientras que les exigió una suma similar por el pago de reparación civil que había efectuado al Banco de la Nación para posibilitar la liberación de su hijo, para lo cual no tuvo reparos en mostrarle un voucher que, finalmente, resultó siendo falso.
El juez ha condenado a una drástica pena a la abogada en la medida que entiende que hay allí un fraude sumamente delicado, la traición a un deber profesional que debe ser cautelado por sobre todas las cosas y que no puede utilizarse para sacarle dinero a la gente con un ánimo evidentemente delincuencial. Esperemos que este castigo necesario sirva de ejemplo para que otros letrados no procedan con ánimo doloso y ventajista en perjuicio de sus propios clientes.