Polémico documento:
El nuevo reglamento de organización y funciones (ROF) del gobierno regional de Ancash, aprobado en el consejo regional mediante la ordenanza regional N· 008- 2017 y publicado el 20 de diciembre del 2017 en el Diario Oficial “El Peruano” autoriza al gobernador regional de Ancash y en lo sucesivo a quienes lo reemplacen, a designar no solo a los funcionarios de línea de dicha entidad, sino también a los cargos de confianza de las unidades ejecutoras, a pesar que éstas cuentan con sus propios directores o responsables.
Esta situación ha generado una fuerte polémica dentro del propio seno del gobierno regional de Ancash, pues se considera que se le entrega un control excesivo a la primera autoridad y peor aún en entes, como por ejemplo, la UGEL Santa, donde el responsable obtuvo el cargo mediante concurso público, sin embargo, con este nuevo reglamento, no podrá designar a sus funcionarios de confianza, sino que dicha labor le corresponde única y exclusivamente al titular del pliego regional.
Quienes se oponen a este reglamento consideran que se incentiva una concentración peligrosa del poder a partir de la publicación de esta norma, mientras que quienes están a favor, explican que el titular del pliego regional, en este caso el gobernador regional de Ancash, tiene facultades para designar a los funcionarios de confianza de las unidades ejecutoras, en el entendido que están bajo su responsabilidad.
Sin embargo, lo que no queda claro, es porque existiendo directores regionales y gerentes de sub regiones, no sean estos funcionarios los que completen su equipo de trabajo con cargos de confianza y sea directamente el gobernador quien decida sobre ellos. Antes se podía, después de la publicación de esta modificación y actualización del ROF, se deja expresa constancia que ello es facultad del gobernador regional.
El artículo 10 referido a la atribuciones del gobernador regional en el nuevo ROF, señala en su inciso C: “Designar y cesar al gerente general regional y a los gerentes regionales, así como designar y cesar a los funcionarios de confianza de las unidades ejecutoras”.
Este reglamento de organización y funciones ya fue publicado en el Diario Oficial “El Peruano” y surte sus efectos desde el día siguiente de su publicación.
CASO SUB REGIÓN EL PACÍFICO
Por otro lado, trabajadores de la Sub Región El Pacífico también han expresado su preocupación respecto a que dicha entidad ya no será unidad ejecutora, sino únicamente formuladora de proyectos, con lo cual se vuelve a centralizar la carga administrativa hasta la ciudad de Huaraz, marcando ello, un retroceso en la administración pública.
Por esa razón, pidieron al gobernador regional y los consejeros que evalúen este tema porque al parecer, algunos funcionarios huaracinos han conseguido que la Sub Región El Pacífico pierda ciertas atribuciones administrativas que podrían generar el retraso en un gran número de proyectos que se ejecuten en esta parte costa de la Región.