Hace ya casi dos años atrás la comunidad chimbotana se conmovió al tomar conocimiento que un hombre había asesinado a su propia cónyuge en el interior de su vehículo, aparentemente, ganado por los celos y al tomar conocimiento que su pareja había iniciado una relación extramatrimonial y le había comunicado que pensaba dejarlo.
Por lo menos esa fue la versión inicial que nos vendió el homicida Juan Carlos Guzmán Quiroz y que la entregó a la Policía como suerte de coartada, sin embargo, a la luz de las pesquisas realizadas a lo largo de todo este tiempo se ha podido conocer que existieron otros móviles detrás de este alevoso crimen, la ambición del dinero no podía faltar.
Los hechos acontecieron el 16 de agosto del anteaño pasado, aquel día Juan Carlos Quiroz, quien fungía de empresario, dibujó un escenario sangriento al descerrajar dos tiros a su esposa Rocío Martiza Castañeda Valera, desde entonces la Policía y el Ministerio Público desarrollaron una serie de diligencias que fueron permitiendo conocer aspectos desconocidos hasta entonces y que le dan un nuevo giro a la investigación, la Policía ya no estaba en condiciones de tragarse el cuento del crimen pasional.
Y es que los testimonios de familiares, de amigos, la pruebas documentales, han permitido establecer que en realidad el asesino no era empresario sino que la emprendedorea y dueñla de empresas era la víctima, su esposa que con esfuerzo había construido su negocio y permitió que su pareja, el padre de sus hijos, se convierta en una suerte de administrador con la confianza que genera la relación de dos personas ganadas por los sentimientos de amor y unión familiar.
Guzmán Quiroz le dijo a la Policía que se bloqueó cuando su mujer le dijo que pensaba terminar la relación y dejarlo porque sabía que tenía otra relación, lo que en realidad fue solo un pretexto, nada de ello era cierto, en realidad, lo que siempre quiso el asesino fue quedarse con el dinero de la empresa.
Así lo ha emplazado la defensa de los deudos al recordar en una reciente audiencia de control de acusación que el acusado había sustraído más de 500 mil soles de las cuentas de la empresa y pensaba quedarse con el manejo de los bienes de la agraviada en la medida que llegó a plantear demandas contra sus hijos para no permitir que se constituyan en los herederos forzosos de los bienes de la víctima.
Justamente, tras las pesquisas el fiscal llegó al convencimiento que las pruebas determinaban que el asesino victimó a su esposa por motivos diferentes a los que inicialmente expuso, se ha establecido que aquella fue solo una cobarde coartada de quien busca la manera de desvirtuar la gravedad de los hechos.
Justamente, el crimen de Maritza Castañeda constituyó en su momento un acto de feminicidio que ameritaba una drástica sanción, se generó en medio de los movimientos de protesta y rechazo por el incremento de la violencia contra las mujeres y el grupo familiar, se buscó la manera de castigar de manera ejemplar esta clase de agresiones de género y se promovieron marchas y movilizaciones en todo el país con el firme propósito de sensibilizar a las personas, especialmente a aquellos hombres que la emprenden contra sus parejas aprovechando únicamente la superioridad de su condición masculina.
El crimen de Maritza Castañeda se engarzaba en esos actos de violencia, por ello la justicia no vaciló en decretarle un mandato de prisión de 18 meses que luego fue ampliado en la necesidad de contar el con tiempo suficiente como para que el Ministerio Público pueda desarrollar su teoría del caso, más aun cuando, a la luz de las pruebas, se había establecido que los móviles no tenían un origen pasional sino que había de por medio pruebas que determinaban que el afán de lucro generó este criminal hecho.
De allí que el Fiscal de la causa había acusado al homicida Juan Carlos Guzmán solicitando se le imponga una pena de 26 años de cárcel, además de las reparaciones a que había lugar y las penas accesorias, empero, esto dejaba una sensación de insatisfacción a los deudos y los afanes de la defensa que esperaban un castigo contundente para un individuo que no tuvo reparos en eliminar a su propia esposa por quedarse con sus bienes.
Por ello es que, a pesar que en la acusación escrita había formulado ya una solicitud de pena, al iniciarse el control de acusación y en la fase previa al juicio oral, el representante del Ministerio Publico ha llegado a recapacitar y poder encuadrar una pena categórica que responda a la naturaleza de los hechos y de las condiciones que exige la ley penal cuando se trata de incrementar las penalidades.
En ese sentido solicitó al Juzgado penal Colegiado variar la penalidad y en esta oportunidad ha sustentado la necesidad de aplicar al homicida la pena de cadena perpetua, pedido que ha sido admitido y que respaldará la teoría del caso y las pruebas que ha recopilado el Ministerio Público a efectos de llegar a una condena efectiva.
Es importante que el Fiscal adopte los correctivos en los espacios establecidos por la ley, no se puede incurrir en nulidades, más aun cuando existen motivos suficientes como para establecer que en este alevoso y cobarde crimen no existió una reacción violenta de carácter pasional por parte del homicida sino que hubo de por medio un hecho planificado, una presunta voluntad asesina de eliminar a otro con la finalidad de quedarse con lo suyo.
Ha sido una reacción oportuna del representante del Ministerio Público, ha esgrimido la posición que constitucionalmente le corresponde, es decir, defensor de la legalidad y de la sociedad en juicio, tenía la imperiosa necesidad de responder a la sed de justicia que reclama la comunidad frente a hechos repudiables que dejaron una enorme herida abierta que ahora, con el juicio oral y después de largos 24 meses, todos esperamos que pueda comenzar a cicatrizar con un juicio justo pero contundente.
Quien ha planificado y preparado el crimen de una persona con el fin de sacarla del camino y quedarse con bienes de otro merece el máximo castigo, más aun cuando la agraviada no es una persona extraña o ajena a su entorno, por el contrario, si se trata de su pareja, es decir, traicionando el deber de fidelidad y afecto que le debía en atención a la familia que ambos formaron. Que la justicia se encargue de sancionarlo como se merece.