Política

MOVIMIENTO “MAICITO” APELÓ DECISIÓN DE JURADO Y CASO SE ELEVA AL JNE

Ya se concedió la impugnación:

• Movimiento deja constancia de jurisprudencia que en casos similares se anula lista de consejeros, más no la fórmula a la Gobernación.
• Confían que máximo rganismo electoral los habilite finalmente.

maicito

JEE-Huaraz emitió resolución que eleva a JNE apelación de “El Maicito”.

El Jurado Electoral Especial de Huaraz elevó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el recurso de apelación interpuesto por la personera legal titular del movimiento regional “El Maicito” contra la resolución que resolvió declarar improcedente la solicitud de inscripción de su fórmula y lista de candidatos a consejeros para el Gobierno Regional de Ancash.

El concesorio firmado por los tres integrantes del colegiado electoral, Armando Marcial Chancari Ordoñez, Marco Leopoldo De la Cruz Espejo y Precila Justina Yauri Mautino ordena que se remitan copias certificadas de los actuados a Lima para que se pronuncie en última y definitiva instancia el pleno del Jurado Nacional de Elecciones.

Elva Betzi Marín Rivera, personera legal titular del Movimiento Regional “El Maicito” rechazó la decisión del JEE- Huaraz que descalificó a la inscripción de la fórmula (presidente y vicepresidente) así como a la lista de candidatos a consejero regional, por una presunta irregularidades en la inscripción de la candidata Sonia Maruja Pasión Jara por la provincia de Yungay por no haber firmado su declaración de conciencia.

En su recurso de apelación, la personera legal titular de “El Maicito” explicó que dicha declaración de conciencia no pudo ser firmada por Sonia Maruja Pasión Jara porque al momento de subsanar la observación en un plazo de dos días, sufrió un accidente que la mantuvo postrada y fue imposible ubicarla en su jurisdicción.

Sin embargo, en el recurso de apelación se advierte que el Jurado Nacional de Elecciones ha sentado jurisprudencia en el sentido que en la eventualidad de una irregularidad en la lista de consejeros, no afecta en ningún caso a la inscripción de la fórmula, pero en Huaraz se ha declarado improcedente ambas listas.

“La ley de elecciones regionales señala que los temas de cuotas electorales únicamente deben ser cumplidas por las listas de candidatos a consejeros, más no debe afectar a la fórmula (candidato a gobernador y vicegobernador)” indica en su escrito la letrada.

También descartó que haya existido la presunta comisión del delito contra la fe pública, pues en la declaración de conciencia, las firmas del presidente de la comunidad nativa y del juez de paz únicamente tiene por finalidad reconocer en su condición de comunera a Sonia Maruja Pasión Jara. “Ellos no son notarios para validar la firma de la comunera, ellos firman dando fe que la persona si es comunera y luego tuvo que firmar la propia comunera pero por su problema de salud no lo hizo” aseveró.

Finalmente dijo que el JNE debe revocar la resolución de Huaraz y declarar procedente la inscripción de la fórmula y lista de candidatos a consejeros del Movimiento Regional “El Maicito”