ABSOLUCION
Todo indica que el candidato a la alcaldía distrital de Cáceres del Perú (Jimbe) por el movimiento Rio Santa Caudaloso, Lorenzo Navarrete León, será uno de los primeros descartados por infracción electoral. Como se sabe dicho candidato se encuentra sujeto a un proceso de exclusión luego que el área de fiscalización del Jurado Electoral del Santa detectara que cuenta con sentencias que no han sido consignadas en su hoja de vida, con el agravante que existe una que ha quedado ejecutoriada con fallo condenatorio que le impone cuatro años de pena privativa de libertad con carácter de suspendida por tres años y le fija en 100 mil nuevos soles la reparación civil, con inhabilitación para ejercer la función pública por el plazo de tres años. Esta condena quedó ejecutoriada con fecha 29 de marzo del 2017, sin embargo, por extrañas razones no ha sido comunicada a la Sala Penal de origen. Justamente, de este detalle se ampara el personero legal del movimiento Rio Santa Caudaloso, Néstor Giovanni Montero Calixto, quien al absolver el traslado que le ha dirigido el Jurado Electoral sobre el hallazgo del área de fiscalización, ha referido que de acuerdo a lo que ha manifestado el administrador del NCPP en el sentido que dicho expediente se encuentra físicamente en la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema en recurso de nulidad en espera de publicación y proceso de firma, de tal suerte que para ellos “el candidato no está debidamente notificado y más aún que dicho expediente no ha sido devuelto al juzgado de origen para que quede agotada la vía”. Con este argumento el personero de los “caudalosos” pretende que el Jurado Electoral archive el proceso de exclusión porque supuestamente “no tenía ni tiene nada que informar en su hoja de vida”. Tremenda mentira, pues las resoluciones no se notifican a la mano, especialmente cuando se trata de procesos que se resuelvan en otra jurisdicción, como son los casos que se elevan en recurso de nulidad o casación a la Corte Suprema. Los abogados saben que en estos casos las notificaciones se hacen a través del portal de la Corte Suprema en donde aparece claramente que ese expediente ha sido ya resuelto, en otras palabras, el candidato se encuentra sentenciados con condena de cuatro años de pena suspendida y el pago de 100 mil soles de reparación civil. Ahora que ya se sabe esto lo que tendrá que hacer es comenzar a ahorrar porque debe cancelar el monto de la reparación civil como lo está ordenando la justicia y comenzarse a olvidar de su aventura política porque está legalmente inhabilitado para poder postular al haber sido condenado por delito contra la función pública. En esos casos no hay vuelta que darle al asunto.
DESUBICADOS
A propósito del Jurado Electoral Especial del Santa, nos imaginamos que su titular Walter Lomparte se habrá mostrado sumamente extrañado que un numeroso grupo de personas se haya concentrado la semana pasada en el frontis de su institución para hacer una protesta que no guardaba relación alguna con el trabajo de su entidad sino que estaba dirigida contra uno de sus integrantes, el tercer miembro Henry Guarniz Cruz, quien en su actividad personal es Presidente del mercado Buenos Aires y allí existen conflictos pendientes por resolver. Los manifestantes eran los comerciantes de la llamada ampliación del mencionado centro de abastos, quienes ese día cerraron sus puertas y realizaron protestas porque aducen que les pretenden despojar de un área de 192 metros cuadrados y señalan como el promotor de ello a Henry Guarniz, por ello decidieron dirigirse a la entidad electoral para hacer valer su protesta. Sin embargo, no era ese el escenario que deberían haber elegido, el Jurado no tiene nada que ver con los problemas de uno de sus integrantes y por ello debieron protestar en el mismo mercado Buenos Aires. El problema se resuelve en ese terreno.
AL PENAL
Hace algunos meses, en medio de un llanto desolador, la madre de la joven Anabel Segura López, quien fuera cruelmente asesinada en un inmueble abandonado del A.H. Villa del Sur, protestó por que un Juez de Familia le aplicó únicamente 10 años de cárcel cuando merecía la cadena perpetua. La pena que se le impuso obedecía a su minoría de edad, inclusive, los familiares del asesino pretendieron que se le rebaje en razón que había confesado y se entregó voluntariamente, lo cual no ha sido aceptado por la ultima instancia judicial como es la Corte Suprema que ha ratificado el fallo y deberá cumplirse en su integridad. Ahora el consuelo de la familia es que este sujeto sea trasladado a un penal de la Capital pues fue confinado en un Centro de Rehabilitación de menores en razón de su edad. Lamentablemente, la legislación es así, protege a los menores aun cuando es posible que entre ellos existan perversos y despiadados como este asesino que eliminó de la manera más cruel a una jovencita por el solo hecho que no quería estar con él, y tras degollarla, la arrojó a un buzón de desagüe. Realmente, un acto de esta calaña merece una condena mucho más drástica, esperemos que las autoridades hagan cumplir la condena en su integridad y dejen de lado cualquier posibilidad de beneficios penitenciarios