Política

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MODIFICATORIAS

Es preciso anotar que el ex alcalde Luis Arroyo Rojas no ha sido pasible de una nueva condena como se ha malinterpretado en algunos medios y sectores políticos, ahora que se sabe que ha acumulado cuatro años más de carcelería efectiva. Tal parece que la última información que dio cuenta la Corte del Santa fue asumida de manera equivocada por algunos periodistas que informaron que se había impuesto una nueva condena al ex alcalde y dos ex funcionarios de la Sub Región Pacífico. Esto no es así, lo que ha hecho la Segunda Sala Penal de Apelaciones es confirmar la revocatoria de la condicionalidad de la pena que ya se había impuesto al ex alcalde Luis Arroyo Rojas y sus co inculpados Andrés Caipo Paredes y Jorge Meléndez Iberico en un proceso penal por delito de Peculado doloso que se les siguió con anterioridad. En este juicio, inclusive, los propios acusados se acogieron a la terminación anticipada y aceptaron los cargos para que se les reduzca la pena. Se trataba de un proceso que se les inició al haber autorizado el pago de un beneficio que no correspondía a los trabajadores, lo que involucró un serio perjuicio económico a las arcas regionales. Tanto el alcalde como sus co acusados fueron también condenados en el denominado caso de la “desratización”, están purgando condenas por ese juicio que también se concretó por su mala actuación en la Sub Región Pacífico, por ello es que su defensa optó por acogerse a los beneficios de la ley, y, justamente, por ello les impusieron cuatro años de pena condicional. Sin embargo, lo que no repararon es que deberían cumplir con el pago de la reparación civil de 180 mil soles, y, al no hacerlo la fiscalía solicitó la reconversión de la pena condicional en efectiva. Al haberse dictaminado esto en primera y segunda instancia, lo que opera es el incremento de las penas de carcelería que cumplen cada uno de ellos, de tal suerte que ahora se quedarán cuatro años más a los que ya deben cumplir por la desratización. Más claro ni el agua, no es una nueva sentencia, por el contrario, todos ellos tienen otros procesos penales en los que, probablemente, resulten con otras condenas y en el caso que ellas resulten efectivas se seguirán sumando a las que ya tienen hasta este momento.

PROBLEMAS

Ha sido un duro golpe para la Universidad Nacional del Santa que el juez del Cuarto Juzgado Civil del Santa, Julio Velásquez Roncal, haya anulado la orden de desalojo que se había dictado para retirar a más de un centenar y medio de comerciantes que ocupan parte de un terreno que le pertenece a la casa universitaria, tal como lo ha declarado ya la justicia. Tanto el rector como el asesor legal Nils Infante estaban a la espera que el mencionado magistrado señale la fecha y hora para que se haga efectivo el desalojo, sin embargo, ahora se encuentran con una nulidad. Hay que recordar que tanto el ex alcalde Julio Cortez Rojas como el encargado Humberto Ortiz Soto, hicieron denodados esfuerzos para que se llegara a un buen acuerdo y se evite un desalojo que puede tornarse violento con saldo contra la vida y la integridad física de los comerciantes, sin embargo, ni la Universidad ni los comerciantes echaron sus brazos a torcer, ni siquiera porque la Comuna ofreció adjudicar otro terreno en remplazo del que indebidamente vendió un ex burgomaestre a los comerciantes. Sin embargo, la amenaza de desalojo no se ha disipado, lo que exige el juez es que la Universidad, como parte demandante, identifique a cada uno de los 150 comerciantes que ocupan parte su terreno y señale sus domicilios reales a efectos de poder efectuarse una notificación que este ajena a vicios de nulidad. Una vez que la Universidad cumpla con este requisito se procederá a señalar fecha y hora. Asumimos que eso ya será el año próximo.

SOBRECARGA

Como ha ocurrido con vecinos de otros sectores, los pobladores del P.J. Dos de Mayo han protestado la semana pasada porque una sobrecarga de energía quemó varios artefactos eléctricos en dos cuadras de ese sector. En realidad este es un hecho recurrente que es consecuencia de una deficiente alimentación y suministro de energía por parre de la empresa Hidrandina, empero, a pesar que esto es evidente, la empresa se niega a indemnizar o reparar a las personas que han sufrido las consecuencias de esta sobrecarga. Alegan que la ley de concesiones eléctricas no los obliga y una serie de articulaciones que lo único que hacen es aburrir a los usuarios. El INDECOPI o la comisión de defensa del consumidor deberían tomar cartas en este asunto porque los afectados son muchos y la empresa solo procede a cortar cuando alguien no paga los recibos, pero cuando se trata de reconocer sus deficiencias y reparar daños se hacen los locos.