Política

JNE PIDE INCLUIR PROCESOS PENALES EN TRÁMITE EN HOJA DE VIDA DE CANDIDATOS

No solo las sentencias:

• El propósito es que los ciudadanos conozcan mejor los antecedentes de quienes se presentan a las elecciones y emitan un voto responsable

JNE

Jurado Nacional de Elecciones plantea a candidatos incluír procesos penales en trámite en hoja de vida.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) planteó que la declaración jurada de vida de los candidatos incluya los procesos penales que estos tienen en trámite, y no solo las sentencias firmes por delito doloso, con el fin de que los ciudadanos conozcan mejor los antecedentes de quienes desean postular a cargos de elección popular y puedan emitir un voto responsable e informado.

Tal propuesta está contenida en el artículo 62 del actualizado proyecto de Código Electoral, que la institución entregó al Congreso de la República el pasado 25 de abril para su consideración y puesta en debate.

Se agrega que dicha declaración jurada también debe incorporar la relación de sanciones de suspensión temporal o inhabilitación para el ejercicio de la función pública como consecuencia de un procedimiento sancionador a cargo de la Contraloría General de la República que haya sido consentida o confirmada en instancia final por el Poder Judicial.

La iniciativa legislativa del JNE también establece reglas claras para la exclusión de candidatos tanto en primera como en segunda instancia.

Así, precisa que si se omite dicha información o se incorporan datos falsos en cualquier ítem de la declaración jurada de vida, el Jurado Electoral Especial (JEE) respectivo tiene un plazo máximo de hasta 45 días antes del sufragio para emitir su resolución de exclusión en primera instancia y elevarla al Pleno del JNE en caso de presentarse un recurso de apelación.

Luego, señala que el Pleno del JNE tiene un plazo de hasta 30 días calendario antes de la fecha de elección para retirar al postulante en segunda y definitiva instancia. De esta manera, al establecer un plazo para los JEE, el proyecto posibilita que el pronunciamiento final del JNE se produzca dentro del plazo establecido por la ley.

Cabe precisar que en el formato de hoja de vida vigente, los candidatos declaran los estudios realizados, experiencia de trabajo, sus bienes y rentas, así como sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos, y las sentencias firmes que declaren fundadas las demandas por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar.

El referido proyecto de ley, impulsado por la gestión del doctor Víctor Ticona Postigo, titular del JNE, apunta a una reforma electoral de carácter integral al unificar y sistematizar en un solo cuerpo normativo toda la legislación electoral, que actualmente se encuentra dispersa y desactualizada y es hasta cierto punto contradictoria.