Política

CONTRALORÍA ARCHIVA CUESTIONAMIENTOS A EX FUNCIONARIOS DE SEDA POR MALVERSACIÓN

Concluye que no existe infracción:

contraloría

Informe de Contraloría que archiva cuestionamientos a exfuncionarios de SEDACHIMBOTE.

La Contraloría General de la República resolvió como inexistente los cargos de responsabilidad administrativa, de presunta malversación de fondos por parte exfuncionarios de SEDACHIMBOTE.

Mediante Resolución Nº 002-2019-CG/INSL3 la Contraloría General de la República resuelve declarar la inexistencia de infracción por responsabilidad administrativa funcional, respecto de las infracciones graves previstas en el literal a) del artículo 46 de la Ley, descritas y especificadas en los literales k) y q) del artículo del Reglamento, atribuida a los administradores Rafael Yuri Pérez Reyes, José Ramírez Leyton, Fensol Morón Ahuanari y Asunción Rodríguez García.

Además, dispuso el archivo definitivo del expediente Nº 1203-2016.CG/INSL.

“Bajo lo expuesto, resulta evidente para este Órgano Instructor, que el perjuicio atribuido tanto a nivel del Informe de Control como de los pliegos de cargos señalados a los administrados en el presente PAS contravienen al criterio al cual ha arribado el TSRA, sobre este elemento constitutivo de la infracción por responsabilidad administrativa funcional” señala la resolución de Contraloría.

Además, señala no se ha probado por ejemplo cuáles han sido los proyectos de inversión relacionados a obras de saneamientos que hayan sido perturbado o limitados en sus ejecución, a razón de la ejecución del proyecto cuestionado, o, en su defecto, en qué medida la ejecución del gasto público referido al mencionado afectó la misión, finalidad y objetivos básicos de la Entidad vinculados a la prestación de un buen servicio por parte de la entidad” añade el informe final de Contraloría que confirma que las inversiones realizadas en la construcción del campo deportivo y un auditorio no constituyen ninguna irregularidad.

“No se ha probado qué nivel de necesidades de los usuarios habrían sido limitadas en los niveles de productividad y rentabilidad por los servicios de saneamiento en 393 367 soles conforme se ha atribuido; en consecuencia, al no estar acreditado el elemento necesario para establecer la responsabilidad administrativa funcional, corresponde declarar la inexistencia de la infracción administrativa funcional, con respecto a los hechos en las observaciones Nº 01 del Informe de Control…”.

Cabe indicar, que en el Plan Maestro Optimizado de la EPS SEDACHIMBOTE, contempla un “programa de mejoramiento institucional y operativo” en el que se establece que la entidad tiene serias limitaciones en el equipamiento de proyectos de mejoramiento en la gestión de servicios para lo cual se planteó la “Rehabilitación y ampliación de locales institucionales” dándose la ejecución del proyecto denominado CREACIÓN DEL AUDITORIO EN EL SEGUNDO NIVEL DE LA SEDE CENTRAL DE LA EPS-SEDACHIMBOTE S.A DEL DISTRITO DE CHIMBOTE.