Para poder postular por otro partido en enero:
• Se precisa que la dimisión se efectúe ante la propia agrupación por medio de carta simple o notarial.
Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos del JNE exige a postulantes desafiliarse de partidos.
Mañana viernes vence el plazo para que los ciudadanos que se hayan desafiliado de una organización política y deseen postular por otra agrupación en las Elecciones Congresales Extraordinarias del 26 de enero próximo, presenten la copia de dicha renuncia ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Este plazo está establecido en el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, aprobado por el JNE mediante Resolución N° 0156-2019-JNE, de conformidad con la Ley de Organizaciones Políticas.
El artículo 22 del citado reglamento precisa que quien desee postular por una organización política distinta a la cual está afiliado, debe renunciar y presentar el cargo de dicha renuncia a la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) del JNE dentro del plazo indicado.
La renuncia se efectúa ante la propia organización política, por medio de carta simple o notarial entregada en forma personal o remitida vía correo certificado, correo electrónico o cualquier otro medio que permita comprobar de manera indubitable y fehaciente su recepción.
La copia de dicho documento debe ser ingresada a la mesa de partes de la sede central del JNE (Av. Nicolás de Piérola 1070, Lima) o de cualquiera de las Oficinas Desconcentradas de esta institución en el interior del país, de 08:00 a 16:45 horas.
La norma exceptúa de este trámite a quienes cuenten con autorización expresa del partido al que pertenecen para postular por otra organización, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripción. La condición, en este caso, es que la organización política no presente candidato en la misma circunscripción.
De acuerdo con el referido reglamento, para ser candidato al Congreso de la República se requiere ser peruano de nacimiento y tener como mínimo veinticinco (25) años, cumplidos a la fecha límite para la presentación de la solicitud de inscripción de las listas de candidatos (18 de noviembre).
Asimismo, el postulante debe gozar del derecho de sufragio y estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Además, debe tenerse presente los impedimentos para ser candidatos establecidos en los artículos 113 y 114 de la LOE.