El Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley que impone sanciones penales a quienes realicen acaparamiento y especulación de precios en zonas declaradas en emergencia por desastres naturales.
Tal como lo había adelantadoÂÂÂ Gestión, el Pleno del Congreso puso hoy en agenda el debate y votación del proyecto de ley que sanciona hasta con seis años de cárcel a quienes realicen actos de acaparamiento o especulación de precios en zonas declaradas en emergencia.
El proyecto de ley fue aprobado esta tarde por unanimidad en el Congreso. En primera votación recibió 104 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
Luego el proyecto fue exonerado de la segunda votación, por lo que ya está listo para ser enviado al Ejecutivo para su promulgación u observación.
La iniciativa legislativa dispone que aplicará solo en las zonas que el Gobierno declare en emergencia por desastres naturales. Asimismo, el decreto que declare el estado de emergencia deberá incluir una lista de bienes y servicios de primera necesidad que serán protegidos contra el acaparamiento y especulación.
Acaparamiento El proyecto de ley establece: “El que acapara o de cualquier manera sustrae del mercado, bienes o servicios de primera necesidad (…) con el fin de alterar los precios, provocar escasez u obtener lucro indebido en perjuicio de la colectividad (…) será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor se seis años, y de 180 a 365 días-multa”.
Especulación También se modifica los artículos 234 y 235 al Código Penal para sancionar la especulación, en los siguientes términos.
“El productor, proveedor o comerciante que pone en venta bienes o servicios de primera necesidad (…) a precios superiores a los habituales (…) será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con 180 a 365 días-multa”.