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PRIMERA TEMPORADA DE PESCA DE ANCHOVETA CONCLUIRÁ EL 15 DE AGOSTO

Decreta nuevo ministro

pesca

Decreto que dispone cierre de pesca.

El Ministerio de la Producción (Produce) anunció que a las 00:00 horas del 15 de agosto concluirá la Primera Temporada de Pesca 2020 del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) correspondiente a la Zona Norte – Centro.

Según la Resolución Ministerial 263-2020-PRODUCE publicada en el Diario El Peruano, la descarga del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) debe ser efectuada dentro de las 24 horas de concluida la temporada.

Indica además que el procesamiento del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) debe ser efectuado dentro de las 48 horas de concluida la temporada.

Decisión para dar por terminada la primera temporada de pesca es teniendo en cuenta lo informado por el IMARPE, en relación al comportamiento favorable de sus principales indicadores reproductivos con lo cual determinan que el periodo de máxima actividad de desove se alcanzaría a partir de la segunda quincena de agosto del presente año, configurándose un supuesto de carácter biológico, conforme lo prevé (…) la Resolución Ministerial Nº 147-2020-PRODUCE, por esta razón se recomienda dar por concluida para Primera Temporada de Pesca 2020 del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16º00’LS.

Informa que el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus),

El Imarpe, deberá informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero necesarias.

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables.alt