Circular con Modificaciones:
Los clubes que mantienen deudas en el Sistema Deportivo Peruano con la FPF, con la SAFAP o en la Cámara de Conciliación y Resolución de Disputas de la FPF deberán cumplir los pagos y obligaciones o suscribir con los acreedores respectivos los acuerdos de refinanciamiento a fin de participar en la etapa nacional del Sistema Nacional de Campeonatos de la Copa Perú.
Esta modificación del reglamento se da cuenta en la circular Nº 003 que ha emitido la subcomisión de futbol aficionado de la Federación Peruana de Futbol y que lleva la firma de su presidente Luis Duarte Plata, con fecha 22 de febrero del presente.
Dicha circular, además señala que los jugadores de la Copa Perú categoría Nº 88 y 89, es decir aquellos que tienen 34 años están autorizados para efectuar sus respectivas transferencias sólo hasta el 30 de junio del presente, siempre y cuando cuenten con la documentación sustentatoria como carta pase, sesión temporal, límite de edad o refuerzo.
También puntualiza la referida circular que, en la etapa distrital, los clubes obligatoriamente deberán hacer participar en cancha durante los dos tiempos reglamentarios, es decir los 90 minutos, a cuatro jugadores de la categoría 2023, que tengan 19 años o menores a esta categoría. Estos jugadores sólo podrán ser sustituidos por otros jugadores de igual o menor categoría.
Señala la circular que en la etapa provincial, departamental y nacional los clubes, obligatoriamente deberán hacer participar en cancha durante los noventa minutos de juego a dos jugadores de la categoría 2003, es decir de 19 años o menores de esta edad y deben ser sustituidos de igual manera por jugadores de dicha edad.
Según la circular Nº 003, se está brindando con estas modificaciones facilidades a todas las instituciones o clubes para reinsertarse en las actividades deportivas por lo que se adecúan las bases de la Copa Perú tal como se ha citado.