La repentina convocatoria de audiencias públicas por parte del Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria para ejercer un control de plazos en una veintena de procesos penales que se ventilan en las fiscalías anticorrupción no pudo dejar de llamar la atención, pues ello es muestra evidente que algo está fallando en el Ministerio Público, por lo menos confirma el deficiente trabajo que vienen realizando y como consecuencia de ello quedan muy mal parados en las diversas audiencias.
Ocurre que en estas carpetas fiscales la Procuraduría Pública ha observado que los plazos de la investigación se han agotado y han transcurrido uno, dos, y tres y hasta cuatro años sin que exista un pronunciamiento por parte del Ministerio Público que es el encargado de impulsar el proceso.
Por ello es que el nuevo modelo procesal penal establece un mecanismo denominado “control de plazos” que es una modalidad específica de tutela de derechos mediante la cual se regula el trámite de una investigación, sea preliminar o preparatoria y respecto a la cual el representante del Ministerio Público no ha observado los plazos que él mismo se ha fijado para poder concluir su pesquisa.
El fiscal debe adecuar la investigación al plazo que la norma indica, y en el caso de que se exceda, la parte que se considere afectada podrá demandar el control del plazo, es decir, que solicita al Juez que convoque a las partes para los efectos que se dilucide las razones por las cuales no se ha reparado en los términos de la investigación y se decida la conclusión de la misma y el pronunciamiento respectivo.
Esto ha ocurrido en un primer paquete de 25 investigaciones que tienen las fiscalías anticorrupción virtualmente encarpetadas, que duermen el sueño de los injustos y sobre las cuales nadie aparentemente reclama, pues el investigado celebra las dilaciones y por ello es que ha sido la Procuraduría anticorrupción la que ha debido intervenir para los efectos de reclamar esta inercia del organismo que se supone es el persecutor del delito.
Esto ha dado lugar a una maratónica jornada en la cual los Fiscales se han visto en serios aprietos y ya se advierte que en algunos casos lo que ha hecho es “tirar la toalla”, ha debido solicitar el sobreseimiento de las denuncias y demandar al Juez el archivo de las denuncias debido a la falta de elementos probatorios.
La Presidenta de la junta de Fiscales del distrito Fiscal del Santa, Dra. Nancy Moreno Rivera, ha salido al frente de estas informaciones que no dicen nada bien del desempeño de sus Fiscales y ha advertido que las dilaciones que se revelan en estas carpetas fiscales no es corolario que se hayan encarpetado de las mismas como consecuencia de un mal accionar de los representantes del Ministerio Público sino que forma parte de una dura realidad que envuelve a su institución y que responde a una carencia de material humano y logístico que afecta seriamente el avance de las pesquisas.
En tal sentido ha señalado que se tiene que tener en cuenta que los procesos por delitos de corrupción son sumamente complejos y para ello se requiere de personal no solo en número suficiente sino que se encuentre suficientemente capacitado como para emprender esta clase de pesquisas.
Por ello demandó a la Procuraduría que tenga mucho cuidado cuando señala cifras relacionadas con la situación precaria de las investigaciones, pues afirma que no se trata de 80 expedientes como se ha deslizado por la prensa sino de unas 50 en las cuales se hace hasta lo indecible por poder avanzarlas y emitir el pronunciamiento correspondiente ante los jueces de cada una de esas causa.
Esto es admisible en la medida que las carencias logísticas y de recurso humano afectan a la mayoría de dependencias tanto de la Policía, como del Ministerio Público y el Poder Judicial, con mayor incidencia en las Fiscalías en la medida que el nuevo modelo procesal deposita en ellas la mayor parte de las diligencias.
Sin embargo, esto se entendería en tanto y en cuanto existiera un verdadero ánimo de atender las diligencias que se señalan en las disposiciones que señalan los términos de una investigación, es decir, si se respetan el marco que los mismos Fiscales señalan y cuando oportunamente se ven precisados a solicitar una ampliación de aquellos que se han establecidos para los efectos de continuar sin contratiempos con las pesquisas.
Sin embargo, cuando se escucha que estas carpetas se encuentran estacionadas por más de uno, dos, tres y hasta cuatro años, entonces no puede se puede evitar hablar de una negligencia en las funciones, allí no existe solo una imposibilidad física y humana para el avance de las investigaciones sino una indolencia y dejadez que llama poderosamente la atención y debería corregirse comenzando por aceptar responsabilidades.
Ello porque si bien el control de plazos representa una supervisión de la actividad procesal, permite a cualquier fiscal salvar la contingencia solicitando un nuevo plazo para concluir diligencias pendientes, empero, ello solo podrá hacerlo cuando se encuentre aun dentro del plazo legal y no cuando ha permitido que las carpetas se queden en condición de extemporáneas por varios meses.
Por ello es que la realidad dice que los fiscales anticorrupción se encuentran apremiados frente a las audiencias convocadas por los jueces, deben pronunciarse con las pruebas que han actuado si es que en realidad han conseguido hacer efectiva alguna de ellas, de lo contrario, la impunidad quedará prendada a beneficio de los investigados.
Si nos encontramos con este escenario, es decir, de Fiscales atorados por decenas de carpetas fiscales inconclusas y con plazos vencidos es porque ellos mismos no han reparado oportunamente por esta situación, no se puede sacar cuerpo de una delicada responsabilidad apelando a carencias que existen en toda entidad, más aun cuando se trata de la administración de justicia, lo que nos preocupa es ver decenas de carpetas paralizadas en fase de investigación preliminar, de allí que la pregunta que se cae de madura es ¿cuantas investigaciones preparatorias se encuentran en esta misma situación? Huelgan comentarios.