Opinión

BIBLIAS Y CRUCIFIJOS EN SALA DE AUDIENCIAS JUDICIALES

Dr. Edhín Campos Barranzuela

Es una práctica histórica y muy ancestral, el uso de la biblia y el crucifijo de nuestro señor Jesucristo en los despachos judiciales y salas de audiencias en los órganos jurisdiccionales del país.

Esta inveterada práctica judicial, obedece a que nuestro Perú, es un país laico y responde a la libertad de las diferentes confesiones religiosas y además en recuerdo y presencia del ser celestial más importante de nuestra vida, como es nuestro señor padre todopoderoso.

Por tal razón y encontrarnos ad portas de la celebración de las fiestas navideñas, desde ya hace un buen tiempo, la Asociación Pensamiento Penal y la Asociación por los Derechos Civiles en Argentina, se encuentran abocados a una campaña nacional, destinada a retirar de las salas de audiencias del Poder Judicial, el crucifijo y la biblia, por considerar que no se respeta el Estado laico donde existe libertad religiosa.

Esta campaña no es nueva en nuestro país; sin embargo el Tribunal Constitucional a través del Exp. 06111-2009-PA/TC, digna de tenerse en cuenta en un Estado de libertad religiosa, ha dispuesto declarar infundada la demanda que solicitaba el retiro de los símbolos religiosos en todas las salas de audiencias judiciales y despachos de magistrados a nivel nacional.

El máximo intérprete de la Constitución, ha subrayado en su fundamento 35 que el respeto a los símbolos religiosos, en un ámbito público como el Poder Judicial, responde a gran influencia de la Iglesia Católica en la formación histórica, cultural y moral del Perú y además presta su colaboración.

Subraya que se debe tener en cuenta que los descansos remunerados de los trabajadores del régimen laboral de la actividad pública y privada, contempla los días feriado de origen religioso, como jueves y viernes santo, San Pedro y San Pablo, Santa Rosa de Lima, el día de todos los santos, Inmaculada Concepción y la Navidad del señor Jesús.

En tal sentido se precisa, que la religión católica se encuentra fuertemente arraigada en el desarrollo de nuestras tradiciones como nación, pues muchas de estas costumbres han terminado por consolidarse como parte de la identidad que nos caracteriza, entre ellas las procesiones o festividades que palmariamente constituyen parte del fervor religioso.

De la misma forma, respecto a los símbolos religiosos como el crucifijo en el ámbito político, puede mencionarse por ejemplo que tradicionalmente las altas autoridades estatales como la juramentación del presidente de la República, ministros de Estado, parlamentarios y magistrados de todos los niveles, juramentan al asumir el cargo frente a un crucifijo y una biblia, como símbolo de respeto y fidelidad al cargo que juramentan en ese momento.

Por lo que a la luz de ello precisa la sentencia, puede afirmarse que los símbolos religiosos como el crucifijo y la biblia se encuentran íntimamente ligados a la tradición al ámbito público como en los despachos y tribunales judiciales y de ninguna manera afecta el principio de laicidad del Estado peruano.

De este modo, si bien en un templo el crucifijo tiene un significado religioso, en un escenario público, como en los despachos y tribunales del Poder Judicial tienen un valor cultural, ligado a la historia de nuestro país, a su cultura y tradiciones, en tal contexto, que el Estado mantenga dichos símbolos en tales espacios públicos no significa que abandone su condición de Estado laico para volverse un Estado confesional protector.   

Plantearse, obligar al Estado el retiro de un símbolo religioso que ya existe y cuya presencia se explica por la tradición del país, implica preguntarse si la mera presencia del crucifijo o la biblia tiene la capacidad de perturbar a un no creyente al punto de afectar su libertad religiosa.

Si el impacto de la sola presencia silenciosa de un objeto en un espacio público representase un trastorno de tal entidad, habría igualmente que prohibir la exposición de símbolos religiosos en las calles, como las cruces en la cima de los templos, ya que su presencia podría resultar “emocionalmente perturbadora para los no creyentes”.

Por tal razón, el Juez argentino Luis María Rizzi integrantes del Tribunal Federal se negó a quitar la cruz y dijo: “  No voy a descolgar ninguna cruz, tampoco voy a disponer que otro lo haga, porque creo en Dios y soy católico y porque tengo reverencia a la Cruz de Cristo, el inocente crucificado por los hombres y el más inocente de los condenados y que además representa la fe mayoritaria y la identidad de nuestro pueblo, porque la Cruz no ofende a nadie, sea o no creyente, ni nadie puede sentirse agredido, inquieto, molesto y menos discriminado por su presencia “.

Tremenda respuesta del magistrado argentino, en medio de un mundo tan violento y de amplias “libertades”, que necesita voltear su mirada al Cristo Nazareno, para que tanto policías, abogados, fiscales y magistrados, en medio de un proceso judicial, busquen la verdad real y legal, como símbolo de la recuperación de la paz y tranquilidad en el mundo.