Noticias Locales

ABOGADO DE JUAN CARLOS PONCE DESTACÓ QUE SALA PENAL ADMITIÓ NUEVO MEDIO PROBATORIO

Peritaje demostraría que su patrocinado no es misógino, dice:

La Sala Penal de Apelaciones que realizará la audiencia de apelación a la sentencia condenatoria contra Juan Carlos Ponce Esquivel admitió el medio probatorio del informe psicotropológico practicado al procesado, en tanto que rechazó medios probatorios ofrecidos por la parte agraviada.

Así lo indicó el Dr. Alberto Pacheco Mandujano, quien consideró acertada la posición de la Sala Penal de Apelaciones para admitir dicho medio probatorio en razón que la fiscal del caso no lo meritúo en su momento a pesar de ser una prueba fundamental para encontrar la verdad de los sucesos.

El letrado dijo que esa verdad es que Juan Carlos Ponce no mató a Cindy Rosas Cisneros y que su lamentable muerte ocurrió en el contexto de un accidente y no se trató de un acto de feminicidio.

Agregó que la perito que practicó el examen psicológico a su patrocinado sustentará su informe en la audiencia de apelación e igualmente responderá preguntas que las partes en litigio y los jueces superiores de la sala de apelaciones pueden formularle al respecto.

Pacheco Mandujano indicó que el perito es un profesional inscrito en el Registro de Peritos Judiciales y su informe es netamente profesional sin llegar a parcializarse con ningún lado. “Esta pericia psicoantropológica, así como los informes de las otras peritos médico legal, va a refutar los argumentos de la sentencia”, sostuvo.

La defensa técnica de Ponce Esquivel manifestó que la fiscalía no ha demostrado que su patrocinado mató a Cindy Rosas y tampoco fundamentó las razones del supuesto feminicidio, qué a su criterio debió estar sustentado con un informe psicológico y psiquiátrico que establezca que su cliente odia a la mujer y que por esta condición la victimó.

El abogado, especialista en delito de feminicidio, tiene plena confianza que la sentencia condenatoria contra su patrocinado sea revocada y sea absuelto de la acusación fiscal.

Respecto de los medios probatorios ofrecidos por la parte agraviada, informó que estos eran impertinentes, es decir que no colaboran con el hallazgo de la verdad, pues querían presentar documentales como boletas de venta que no van al caso y otros medios probatorios que son los que fueron rechazados en primera instancia.