Desconcertante medida:
Gerente de SEDACHIMBOTE, Jhon Milla Díaz.
Gravísimo. La Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote perderá sus acciones en SEDACHIMBOTE y quedaría al margen de la Junta General de Acciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo 1280, firmado por el presidente de la república, Pedro Pablo Kuczynski, en el marco de las facultades legislativas, otorgadas por el Congreso de la República.
Así lo reconoció la mañana de ayer, Jhon Milla Díaz, gerente general de SEDACHIMBOTE, al confirmar que el Decreto Legislativo 1280 “Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento” contempla que las empresas de saneamiento, solo podrán estar integradas en su accionariado, por los Municipios Provinciales.
“Según el Decreto Legislativo 1280 solo pueden ser accionistas de las Empresas Prestadoras de Saneamientos (EPS) (como es el caso de SEDACHIMBOTE), los Municipios Provinciales, con ello, virtualmente se le está quitando la participación del Municipio de Nuevo Chimbote en la Junta General de Accionistas de la empresa” reveló Jhon Milla Díaz.
Sin embargo, el propio funcionario dijo que había que esperar que se reglamente el Decreto Legislativo, pues no se ha dicho de qué manera los Municipios Distritales que tengan acciones en las empresas de saneamiento, dejarán de formar parte de la Junta de Accionistas.
“En el caso del Municipio de Nuevo Chimbote, tiene casi el 25% de acciones en SEDACHIMBOTE y sería absorbido por la Municipalidad Provincial del Santa, por eso es importante esperar la reglamentación. Este Decreto Legislativo indica que solo podrán ser accionistas los Municipios Provinciales, no dice nada de las comunas distritales” manifestó.
Jhon Milla Díaz brindó estas declaraciones tras inaugurar el Seminario Taller Socialización de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento que se realiza en Chimbote con la participación de los directores, gerentes y funcionarios de todas las EPS del país.
El Decreto Legislativo 1280, aprobado en el marco de las facultades para legislar otorgado por el Congreso al ejecutivo, deroga la Ley N° 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento y la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento.