La Comisión de Constitución y Reglamento aprobó, con 16 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, el dictamen que dispone que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) remita mensualmente a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe) la relación de fallecidos luego de la aprobación del padrón electoral, a fin de adoptar medidas de acuerdo a sus competencias.
Se trata del dictamen recaído en los Proyectos de Ley 1227/2021-CR y 4084/2022-JNE, que propone la modificación del artículo 7 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Política y el artículo 202 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, respecto de la remisión del padrón de afiliados y la depuración periódica de los fallecidos luego de aprobado el padrón electoral.
La propuesta tiene el objetivo de permitir a las organizaciones políticas la presentación parcial o total del padrón de afiliados, así como el artículo 202 de la Ley 26859, Ley de Orgánica de Elecciones.
Con ello, se logra -dice la iniciativa- que la ciudadanía eleve su confianza en el sistema electoral al concretarse un padrón electoral mucho más depurado y le permite un mayor rango de participación política.
Con respecto a los partidos políticos, el beneficio reside en que obtienen mecanismos para la actualización oportuna del padrón de afiliados, promoviendo en mejor sentido la participación ciudadana.