A pesar de tener una investigación más, en el Ministerio Público y en el Poder Judicial sobre su inscripción en Registros Públicos como rector de la Universidad San Pedro, el cuestionado rector de esta casa superior de estudios, José María Huamán Ruíz ha procedido a llevar adelante un concurso de nombramiento de profesores para las diferentes Escuelas  académicas, sin embargo, mediante carta notarial, el egresado de la Universidad San Pedro, Abogado Pedro Manuel Fuentes Gaspar, solicitó en su momento, la nulidad del Concurso para el ingreso a la Docencia Ordinaria, establecido por el rector mediante Resolución N° 3895-2015-USP/CU.
En la carta notarial, dirigida al Decano de Ingeniería, Ing. Manuel Hermoza Conde, expone los fundamentos del pedido de nulidad del Concurso para el ingreso a la Docencia Ordinaria, en la Universidad San Pedro, promovida por el cuestionado rector de esta casa superior de estudios. Para ello, fundamenta su pedido de nulidad al amparo del Artículo 82° de la Ley N° 30220 (Ley Universitaria) que, prescribe que es requisito para la docencia ordinaria tener el grado de Maestro para la formación en el nivel de pregrado.
Es más, en la carta notarial del letrado, Pedro Manuel Fuentes Gaspar, señala que dicho requisito ha sido maliciosamente omitido dentro de las bases del concurso. Del mismo modo, indica que, en la Tercera disposiciónÂÂÂ complementariaÂÂÂ ÂÂÂ y transitoriaÂÂÂ de la Ley N° 30220 – Nueva Ley Universitaria, establece que los docentes tienen un plazo de 5 añosÂÂÂ para adecuarse a los requisitos de esta ley, sin embargo, el mismo egresado aclara que es sólo para los docentes nombrados antes de la vigencia de esta ley.
Pero la situación no termina ahí, porque en otro de los fundamentos del pedido de nulidad del concurso de nombramiento de docentes de la Universidad San Pedro, se expresa que no se ha publicado la lista de los postulantes hábiles. A pesar de todo esto, se menciona en la Carta Notarial que el cuestionado rector de la Universidad San Pedro, José María Huamán Ruíz y su asesora legalÂÂÂ le precisanÂÂÂ al egresado que no es necesaria dicha publicación (¿?).
Frente a ello, el egresado de la Universidad San Pedro, Pedro Manuel Fuentes Gaspar considera que se ha violado el principio de publicidad, principio establecido en el Derecho administrativo y constitucional.
Otro de los pedidos de la nulidad del Concurso de Docentes es que se le ha impedido a los jubilados postular a dicho concurso, violando con ello sentencias del Tribunal Constitucional que establece en uno de sus precedentes que la jubilación legal es a los 65 años, pero no el cese de la docencia universitaria, asimismo no se le puede impedirÂÂÂ a un jubilado el de postular al concursoÂÂÂ de la docencia ordinaria.
Finalmente, el abogado Pedro Manuel Fuentes Gaspar refiere que recurrirá a las instancias judiciales y administrativas solicitando la aplicación del Artículo 76° de la Ley Universitaria N° 30220 – Ley Universitaria que prescribe lo siguiente son causales de vacancia de las autoridades de la universidad, la siguiente: 76.5 Incumplimiento del Estatuto y de la presente ley.