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158 JUICIOS SE RESOLVIERON EN 100 PRIMEROS DIAS DE LEY FLAGRANCIA

Al cumplirse los cien primeros días de aplicación de la ley 1194 referido a flagrancia delictiva, los tres juzgados de la Corte del Santa avocados al conocimiento de estos casos, registraron el ingreso de 507 procesos, de los cuales 158 han sido resueltos bajo este procedimiento célere.

Según el área de Estadística de la Corte Superior de Justicia del Santa, desde el 29 de noviembre del año pasado, los delitos con más incidencia tramitados corresponden a casos de omisión a la asistencia familiar que sumaron 308. Le siguen 74 por conducción en estado de ebriedad, 28 de hurto agravado y 17 de tenencia ilegal de armas.

Doce de los casos corresponden a microcomercialización de drogas y 11 a robo agravado. Además, por violencia contra la autoridad se procesaron 3 casos, recibiendo uno de los imputados, 8 años de prisión por agredir al comisario de San Pedro.

Otros delitos menos frecuentes, fueron los de homicidio culposo, corrupción de funcionarios, tráfico ilícito de drogas, violación sexual, tenencia ilegal de armas, receptación agravada, extorsión, entre otros.

De los 158 procesos resueltos bajo la ley de Flagrancia Delictiva, 31 fueron con sentencia condenatoria, otros 31 bajo el principio de oportunidad, y 65 con terminación anticipada.

Así mismo se absolvió a los procesados en 3 casos y se dictó reserva del fallo condenatorio en 25 procesos. Se dictaron 42 prisiones preventivas y 220 mandatos de comparecencia.

En la Corte del Santa son tres los juzgados avocados a conocer los procesos inmediatos: el Primer y Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria y el Juzgado Penal Unipersonal. Diariamente se reporta, en promedio, el ingreso de 25 casos de flagrancia delictiva.

HABLA PRESIDENTE DE CORTE

Al respecto, la mañana de ayer, el presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa, Willians Vizcarra Tinedo consideró como un avance importante la aplicación de esta norma, aunque en su opinión, los casos de omisión a la asistencia familiar no deberían estar incluidos en esta norma, pues su procedimiento es especial.

“Yo creo que hay avances, honestamente creo que los casos de omisión a la asistencia familiar no deberían estar incluidos ni ser sustanciados bajo esta ley, pues debe considerarse únicamente los casos puntuales y específicos de flagrancia. Si bien es cierto hay casos de omisión a la asistencia familiar donde se cumple el presupuesto exacto de flagrancia, pero si revisamos la estadística, hay 61% que son casos de omisión a la asistencia familiar, que aumentan la carga procesal, que requieren un tratamiento especial” agregó.

Vizcarra Tinedo señaló que en la medida que la Fiscalía y los Juzgados Especializados cumplan con su labor, habrá una respuesta más rápida y célere de estos casos, “hay avances, tenemos que seguir sumando esfuerzos para que esta ley funcione correctamente, sin embargo, ha sido positivo, de eso no tengo dudas” finalizó diciendo.