A nivel nacional, los órganos jurisdiccionales de flagrancia procesan a 2,281 personas por los presuntos delitos de hurto y robo en sus modalidades simple y agravada, desde que entró en vigencia el Decreto Legislativo 1194, que regula el proceso inmediato en casos de flagrancia, el 29 de noviembre del 2015.
De este número, más del 50 por ciento de los casos ya han concluido, teniendo un promedio de duración de 15 días, período muy inferior a los 12 o más meses que antes significaban.
De este modo, los órganos jurisdiccionales de flagrancia, impulsados por el presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, están cumpliendo con uno de sus objetivos centrales: constituirse en una herramienta efectiva para sancionar la delincuencia común con procesos rápidos, pero con pleno respeto de las garantías procesales.
Los 2,281 procesados por flagrancia por robo y hurto representan el 15.97 por ciento de los 14,276 encausados bajo los alcances del Decreto Legislativo 1194 entre el 29 de noviembre y el 23 de marzo último.
Las estadísticas indican también que 6,436 personas son procesadas por el delito de omisión a la asistencia familiar, lo que equivale al 45,08 por ciento del total de encausados.
Igualmente, 3,799 personas, que representan el 26,61por ciento del total, son procesadas por el delito de conducción en estado de ebriedad o drogadicción, y solo 389 (2,72 por ciento) por el delito de violencia y resistencia a la autoridad.
Para el fortalecimiento, consolidación y mayor eficacia de los juzgados y salas a cargo de estos procesos judiciales, el doctor Ticona Postigo, ha solicitado una partida adicional de 34 millones de soles al Poder Ejecutivo, pero este aún no atiende el pedido.