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ANULACION DE CONDENA DEMUESTRA QUE NO HUBO JUICIO JUSTO EN DESRATIZACION

El abogado Erasmo Reyna Alcántara consideró que el fallo de la Corte Suprema de la República que anuló la condena por el caso de la desratización en la Sub Región El Pacífico, es una clara demostración que no hubo un juicio justo y que la sentencia condenatoria emitida por los magistrados de la Sala penal Liquidadora de Chimbote estuvo plagada de errores y una grave falta de motivación suficiente en las pruebas en contra de los procesados.

Reyna Alcántara, abogado chimbotano quien defendió en esta causa al imputado Yoni Rhoel Benites Saldaña, indicó que los jueces superiores en Chimbote emitieron una sentencia condenatoria con una serie de vicios procesales y cercana al escándalo, motivados más por una presión mediática, antes que una verdadera aplicación del derecho y por ello han sido corregidos por los vocales de la Sala Suprema, quienes han ordenado que se realice un nuevo juicio, pero con otros magistrados.

El también ex viceministro de justicia en el segundo gobierno del presidente Alan García Pérez, señaló que la Sala Penal Transitoria Suprema que preside el Dr. César San Martín Castro, recogió los argumentos que formularon en la audiencia de vista de la causa y anuló una sentencia condenatoria que tuvo garrafales errores estructurales y de motivación, que resultaron ser insubsanables, por lo que tuvo que declararse nula y ordenar un nuevo juicio oral.

“Se ha omitido recabar información relevante para deslindar responsabilidades. No se pidieron por ejemplo los expedientes de contratación, lo cual es gravísimo. Es decir, cuestionan el procedimiento de contratación, pero no tomaron en cuenta los documentos que versan sobre ese aspecto, además que no se explicó ni fundamentó detalladamente por qué razones se condenó a unos a 15 años, a otros a 10 años y a otros grupo a 4 años suspendida a 3 años” agregó Erasmo Reyna Alcántara.

Explicó que el fallo de la Corte Suprema es un severo llamado de atención a los magistrados locales, porque les dice en buena cuenta que han hecho un juicio injusto, que no recabaron mayor información y que debieron precisar los cargos de cada uno de los imputados, “considero que los vocales han actuado por presión mediática y no han separado la paja del trigo. No se puede sentenciar por sentenciar, ello viola el debido proceso” subrayó.

Erasmo Reyna Alcántara dijo finalmente que tras el fallo de la Corte Suprema, se han levantado de inmediato las órdenes de captura y en las próximas semanas, el expediente principal debe regresar a la Corte Superior de Justicia del Santa y con la debida nota de atención, se debe conformar un nuevo colegiado para que inicie un nuevo juicio oral, acotó.