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SUNAFIL PIDE SANCIONAR A FISCALÍA POR PERTURBAR LABOR INSPECTIVA

24dicfiscalia

Luego de varias visitas inspectivas donde se constató una serie de infracciones a la norma laboral, lo cual se agravó con la inasistencia a un requerimiento de comparecencia, calificada como infracción a la labor inspectiva; los inspectores de trabajo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) propusieron una multa de 22 Unidades Impositivas Tributarias (UITs), equivalente a 86 mil 900 soles, al Ministerio Público del Santa, por el caso de los vigilantes impagos.

La propuesta de multa está contenida en el acta de infracción Nº 061- 2016, firmada por la inspectora de trabajo Edith Jacinta Rossel Luna y los inspectores auxiliares Daniel Máximo Alegre Correa, Carlos Alberto Becerra Acosta y José Carlos Ruiton Obando, todos los cuales concluyeron en la existencia de incumplimientos de las normas socio- laborales en agravio de 78 vigilantes de las diferentes sedes del Ministerio Público del Santa.

Esta primera fase de visita inspectiva se agravó para la Fiscalía porque su representante no acudió a la comparecencia fijada para el pasado 3 de octubre, con lo cual incurrió en la falta denominada infracción a la labor inspectiva. Además, los inspectores han podido probar que 78 trabajadores venían laborando en forma directa con la entidad, en el servicio de vigilancia, cumpliendo horarios y bajo la dependencia de los funcionarios, en lo que constituye, indica el documento, un contrato de trabajo amparado por la ley.

En el transcurso de las inspecciones el Ministerio Público del Santa no pudo acreditar el registro de los trabajadores en planillas desde sus fechas de ingreso, pese a la existencia real de un vínculo laboral de dependencia. Tampoco acreditó la entrega de boletas de pago en favor de dichos trabajadores desde mayo a setiembre del año 2016 y no acreditó el pago íntegro y oportuno de sus remuneraciones convencionales.

“SUNAFIL ha constatado que la relación que mantienen los trabajadores y la inspeccionada (Ministerio Público) se encuentran manifiestos los elementos esenciales del contrato de trabajo, es decir, se verificó que el servicio de vigilancia es brindado en forma personal, que a la vez, la inspeccionada le otorga a cambio una retribución fija con periodicidad mensual de 1400 soles (según consta en los recibos por honorarios) y que dicho personal se encuentra bajo la subordinación, es decir, ajo el poder de dirección de la inspeccionada” señala el acta de infracción.

Los inspectores han establecido que los 78 trabajadores de seguridad han pasado a vincularse laboralmente en forma directa con el Ministerio Público y les corresponde la aplicación del régimen laboral de la actividad privada del Decreto Legislativo Nº 728, indica el pronunciamiento de los inspectores de la SUNAFIL que virtualmente confirmaría que los vigilantes, tendrían derechos adquiridos y hasta podrían quedarse por plazo indeterminada en la institución.

La mañana de ayer, el jefe de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) en Chimbote, Julio César Matheus López, explicó que la infracción determinada en contra del Ministerio Público es insubsanable, “lo que se viene ahora es la etapa sancionadora, que es otro procedimiento donde se emite una resolución de multa, donde una funcionaria revisará la propuesta de los inspectores y si la hace suya, proyecta la resolución jefatural de multa” subrayó.

Explicó además, que el tema de fondo, sobre los incumplimientos laborales que se han detectado, aún no han sido materia de pronunciamiento, pues se verán en una nueva orden de inspección a la brevedad posible, “el tema de fondo podría generar otras multas y más graves todavía. Lo que ya existe es un acta de infracción que ha encontrado una falta denominada infracción a la labor inspectiva por no acudir a una comparecencia, pero falta el pronunciamiento sobre el tema de fondo, en cuanto a los presuntos incumplimientos laborales por parte de la entidad” advirtió.