Editorial

Editorial: ::: CUIDADO CON LA IMPUNIDAD :::

El Juez del Sexto juzgado de Investigación preparatoria, Juzgado anticorrupción, Eudosio Escalante Arroyo, rechazó la postulación del fiscal Carlos Roncal Cansino quien estaba solicitando el sobreseimiento de una investigación relacionada con las graves irregularidades detectadas en la ejecución de una obra en Huarmey, durante la oscura gestión regional de César Álvarez Aguilar.

El magistrado declaró improcedente la solicitud de sobreseimiento, que no es otra cosa que el archivo de los cargos, y ha dispuesto que el representante del Ministerio Público realice diligencias pendientes en un plazo de 60 días a efectos de deslindar los delitos que se imputa a los investigados.

En este caso es procesado el ex gerente de la Sub Región Pacífico, Juan Carlos Gallo Zegarra, así como los empresarios considerados “comandos”, Luis Enrique Razuri Cabrera y Juan Carlos Alvarado Fiestas, éste último hijo de una conocida dirigente del movimiento “Cuenta Conmigo” y persona del más estrecho entorno del encarcelado ex presidente regional César Álvarez Aguilar.

Todos ellos están procesados por delito de colusión, pues se les hizo entrega de la obra de “Mejoramiento del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Culebras”, en la provincia del Huarmey dos meses después de haberse iniciado los trabajos, sin que se haya tomado en cuenta la entrega de una carta fianza que garantice la culminación de los trabajos y sin haberse tomado las providencias de las bases establecidas.

El solo hecho del parentesco de uno de los empresarios con el movimiento político del ex presidente regional César Álvarez confirma la manera como se direccionaron las obras en aquella oportunidad y si existen irregularidades en el manejo de la misma no es posible que un Fiscal pretenda que los cargos se archiven, más aun cuando se habla de una obra valorizada en más de siete millones y medio de soles.

El Juez ha advertido que el Fiscal ni siquiera ha deslindado el tema de la carta fianza, pues se acusaba inicialmente que se adjudicó la obra sin que exista este documento indispensable, empero, en el curso de las pesquisas apareció una carta fianza que se decía amparaba el contrato de la obra, empero, se trata de una carta fianza expedida por una Caja Rural y respecto a cuyas firmas y contenido existen marcadas dudas, por lo que se debió cotejar si se trata efectivamente de un documento falso, lo que no hizo el Ministerio Público.

Lo que no se puede dejar de advertir es que desde hace unas semanas atrás, y lo dijimos en este mismo espacio editorial, los fiscales se encuentran apremiados por el vencimiento de los plazos de investigación sin que se haya solicitado uno nuevo o sin que se haya emitido pronunciamiento alguno, de tal suerte que el Juzgado ha dispuesto el control de plazos para que se emitan los pronunciamientos de la Fiscalía.

De esta manera, se observa que los Fiscales se ven no solo apremiados por los plazos vencidos sino por las serias deficiencias en las carpetas fiscales, en las cuales no se han realizado las pruebas necesarias como para poder fundamentar los cargos delictivos, a pesar que existen indicios suficientes de la comisión de los delitos y los cuales dieron lugar al inicio de la investigación preliminar, primero, y la investigación preparatoria luego.

Lo cierto es que el Juez ha considerado que una investigación en la cual aún existen medios probatorios que quedan colgando en las pesquisas realizadas, no se puede enviar al archivo sin que se hayan agotado todos los esfuerzos para que se puedan consolidar los cargos, por ello es que en esta oportunidad ha decidido conceder un plazo excepcional al representante del Ministerio Público a efectos que lleve adelante estas actuaciones probatorias pendientes que deben cambiar el rumbo del proceso.

Es importante que el Juez haya optado por anteponer el interés colectivo para impedir que una grave acusación se vaya al archivo por el deficiente trabajo de algunos fiscales, es necesario que se agoten todos los medios posibles pues el derroche y el despilfarro de los recursos en aquella época del gobierno regional ha sido más que evidente y viene siendo materia de una serie de investigaciones en otro nivel. Cuidado con la impunidad, el fácil expediente del sobreseimiento no debe primar cuando de por medio están los recursos públicos.

UN VIL APROVECHAMIENTO

El ex subprefecto de Chimbote, Edgar Ángel Cobián Giraldo y el dirigente del Partido Nacionalista Francisco Flores Samana, deberán sentarse en el banquillo de los acusados próximamente, tras ser acusados por el Ministerio Público de haberse apropiado de medio lote de donaciones de electrodomésticos que entregó el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables que estaban destinadas para pobladores del pueblo joven “San Pedro”.

La Fiscalía Anticorrupción del Santa está acusando a Edgar Ángel Cobián Giraldo y Francisco Flores Samana por el delito de peculado doloso y ha solicitado se les imponga 4 años de prisión efectiva, pues habrían sorprendido a la administradora del Hogar “San Pedrito”, donde se guardaban las donaciones, hasta donde llegó Francisco Flores Samana llevando el encargo del entonces Subprefecto, para recoger la mitad de las donaciones, llevándose principalmente televisores, DVDs, sillas de plásticos, entre otros valorizados en casi 15 mil soles.

Desde entonces estas donaciones desaparecieron, nadie sabe cuál es su paradero y entre los dos investigados se acusan de los cargos de apropiación, lo cierto es que ha quedado corroborado que fueron ellos los que solicitaron al personal del Albergue la entrega de los bienes habiéndose cometido el craso error de no haber levantado un acta o dejar constancia de la entrega bajo cargo y firma.

Sin embargo, la apropiación de donaciones destinadas a los sectores menos beneficiados del país es un delito grave que es penado con cárcel efectiva, de allí que estaremos pendientes de este proceso que puede terminar con otros funcionarios y representantes el gobierno tras las rejas. Se tiene que sancionar el vil aprovechamiento de donaciones.