Editorial

Editorial: ::: MEDIDA INEVITABLE :::

El último fin de semana el país entero volteó la mirada sobre las pantallas de la televisión para seguir las incidencias de la audiencia judicial seguida contra la ex pareja presidencial Ollanta Humala Tasso y Nadine Heredia Alarcón, y, posteriormente, con el traslado de ambos a los presidios en donde cumplirán 18 meses de prisión, salvo que la instancia superior varíe la decisión del Juzgado. Y es que en el país los magistrados deben dictar centenares de medidas similares todos los días, empero, en esta oportunidad los protagonistas no eran dos individuos comunes y corrientes, se trataba de quienes hasta hace un año detentaron el poder y se lucraron con el mismo, a juzgar de las investigaciones que se siguen en su contra. A consecuencia de estos acontecimientos las opiniones se encuentran divididas, muchos concuerdan con el magistrado en la orden de prisión y otros la califican de excesiva y desmedida, lo cierto es que lo que hemos visto todos es un juicio en donde se han otorgado todas las garantías procesales y constitucionales a las partes, especialmente en lo que se refiere al derecho a la defensa y el debido proceso. En tal sentido, un rol destacable y preponderante lo ha mostrado un conocido nuestro en Chimbote, el Juez Penal nacional Richard Concepción Carhuancho, quien se encuentra a cargo del control de la investigación a los esposos Humala-Heredia por delito de lavado de activos, por el destino diferente que le otorgaron a los millones de dólares que recibieron de Venezuela y Brasil en las campañas electorales de los años 2006 y 2011. Tras la diligencia judicial se han escuchado una serie de ponencias jurídicas, la mayoría de ellas inclinadas a la posición conformista de la defensa de la ex pareja presidencial sustentada única y exclusivamente en la permanente colaboración que han prestado ambos a la investigación al ponerse a derecho ante las autoridades, consecuentemente no existía el peligro de fuga. Por ello es que se han escuchado este trillado argumento de la inexistencia del peligro procesal y hasta se ha cuestionado al Juez por haber utilizado en sus consideraciones argumentos relacionados con el caso “Madre Mía” en el que se juzgó al ex Jefe de Estado por su participación en una base contrasubversiva de Tingo María en donde se habría cometido ejecuciones extrajudiciales. Pero si se analiza la resolución del Juez Richard Concepción se podrá establecer que ha formulado un enjuiciamiento no para determinar una medida de prisión preventiva, como muchos confunden, sino para determinar la conversión de una medida de comparecencia con restricciones por una de prisión preventiva, dos instituciones procesales que tienen un tratamiento diferente en la legislación procesal penal. Por ello es que el Juez hace la advertencia que en esta oportunidad ya no se valorarán criterios que han sido merituados en la incidencia de la comparecencia con restricciones que se dictó contra ambos y que generó muchas controversias en razón que la ex primera dama viajó fuera del país alegando que fue ventajosamente contratada por la FAO, la organización de las Naciones Unidas en donde se hallaba un alto funcionario ligado al ex presidente braliseño Ignacio Lula da Silva, quien la favoreció con una designación a todas luces política y de favor. Entonces, lo que ha merituado el juez en esta oportunidad son los nuevos elementos de convicción que ha llevado el Ministerio Público a esta diligencia, aquellos que están relacionados con maniobras que pueden considerarse como suspicaces y que dejan en evidencia que existía una intención de salir del país, en tal sentido el Ministerio Público realizó una meticulosa labor que fue rechazada por los esposos a través de acciones de garantía, como la averiguación que efectuaron en el colegio en donde estudian las hijas de la pareja y quienes no habrían viajado para una pasantía como lo alegaron. El Ministerio Público ha presentado las declaraciones de todas aquellas personas que han negado haber realizado aportes al Partido Nacionalistas pero que, sin embargo, sus nombres aparecen en los padrones única y exclusivamente para justificar el desvío de los recursos que la organización había recibido del exterior para el financiamiento de la campaña electoral, dineros que los esposos se apropiaron. En la cuestión relacionada con el caso “Madre Mía”, la ley señala que el peligro de fuga no solo se compulsa por el arraigo de los imputados, la existencia de elementos de convicción y la gravedad de los hechos sino que además se determina por el comportamiento de aquellos en este o en otro proceso anterior, es decir, otros en los cuales el mismo investigado ha observado actuaciones perturbadoras a la administración de justicia. Y ellas se encuentran, justamente, en el caso “Madre Mía”, en el cual el Ministerio Público ha rescatado unos audios que fueron sospechosamente ocultados durante el proceso que se siguió contra el ex presidente y por cuya maliciosa acción fueron archivados en esa oportunidad, se trata de los audios en donde se deja en evidencia que hubo compra de testigos para torcer la investigación. Se trata de actos de perturbación a una investigación que si se hicieron en ese expediente bien se pueden hacer en esta carpeta en donde se investiga el lavado de activos, una conexión procesal pertinente y legalmente válida, que sustenta las razones por las cuales la judicatura debe tomar sus precauciones frente a un investigado que en libertad es capaz de impedir la marcha normal de la actuación probatoria. Finalmente, lo que nadie podrá discutir es que el Juez Richard Concepción Carhuancho ha expedido una resolución bien sustentada y fundamentada, una decisión que se sostiene en el derecho y en la praxis jurídica, seguramente muchos podrán tener un criterio diferente pero la actuación del magistrado ha sido impecable, más aun cuando en el país todos somos conscientes del accionar de la ex pareja presidencial, su desempeño ventajista y oportunista en el poder, de allí que a muy pocos sorprenden que hayan terminado tras las rejas mientras que la mayoría comprende que ha sido una medida inevitable. Esta resolución será revisada por una instancia superior, veremos cuál es el derrotero final de quienes dejaron escandalosamente muchas huellas de su ilícito accionar.