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MINISTRO DESTACA CREACIÓN DE SEGURO PARA PESCADORES ARTESANALES

Para aquellos que no tienen relación laboral:

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El Ministro de la Producción, Pedro Olaechea, destacó la promulgación de la ley que crea el Seguro Obligatorio del Pescador Artesanal (SOPA), que beneficiará a no menos de 40 mil pescadores independientes.

La Ley N°30636 publicada por el Congreso de la República, fue propuesta por el Ministerio de la Producción (PRODUCE) y presentada por el Poder Ejecutivo ante la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas. Luego de ser sometida a debate, fue aprobada por unanimidad en la Comisión Permanente del Congreso el pasado 19 de julio.

“El SOPA actuará como un seguro de accidentes personales. Cubre los riesgos de lesiones corporales que sufran los pescadores artesanales independientes y los tripulantes, dentro de una embarcación pesquera o fuera de ella; también incluye a los terceros no tripulantes que participen en una faena de pesca”, detalló el ministro.

En la actualidad, en caso de accidentes personales el pescador con relación laboral cuenta con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), mientras que el pescador artesanal independiente no tiene cobertura alguna.

“De esta manera se atiende un pedido legítimo de protección para decenas de miles de pescadores artesanales desamparados. Se trata de cerrar las brechas sociales, sobre todo en un sector sensible como el pesquero”, subrayó Olaechea.

Los asegurados son los que se encuentren en la embarcación pesquera, o los terceros que sufran un accidente durante la faena de pesca, es decir, desde las tareas previas hasta el desembarque del recurso.

Cobertura

El SOPA cubrirá los gastos en casos de invalidez permanente, incapacidad temporal, atención médica, muerte y sepelio. Este seguro no pretende competir con el SCTR, al contrario, tiene el fin de cubrir un vacío de cobertura a los pescadores artesanales sin vínculo laboral y que ahora, por mandato legal, serán cubiertos frente a siniestros en sus faenas de pesca.

El SOPA tendría un costo aproximado de S/ 331.00 anuales. Se dispondrá de un plazo de 60 días calendario para la reglamentación de la referida ley y 180 días para que sea obligatoria, de manera que los armadores prevean ese costo en su economía.