Política

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CAMALEONES

El representante del comité de lucha transitorio del gremio docente de la provincia del Santa, Eddy Cano Loyola, ha puesto en evidencia cuan incoherentes son en su posición ante las decisiones del Gobierno. El 03 de este mes, en la Plaza de Armas declaró a los medios de comunicación que los docentes respetarán el plan de recuperación de clases así se les descuente por los días de huelga, señalando que lo hacen por los alumnos. Pero una semana después, el domingo 10 en la misma Plaza de Armas ya había cambiado el chip, ya para entonces se había olvidado de los niños y lanzó una chantajista advertencia al señalar que no acatarían el Plan de recuperación de clases si es que les descontaban los días de huelga. Y ahora, ante el inminente descuento como lo ha ordenado la autoridad educativa, ha salido con el cuento de las acciones legales, señalando que de antemano están contratando abogados para que apenas se les aplique el descuento se presenten acciones judiciales por considerar que este acto es arbitrario. Y es que, cual jurisconsulto, ha salido a decir que los descuentos solo se aplican ante inasistencias injustificadas y que no procede en una huelga por tratarse de un derecho amparado por la Constitución. ¡Qué tal roncha! Bajo ese iluminado criterio el dirigente de marras puede hacer huelga todo el año y exigir que le paguen porque es un “derecho”. Lo que no entiende este “otrora comando” es que si bien es cierto la Constitución reconoce la huelga como un derecho de protesta de un trabajador, de ninguna manera desautoriza un descuento cuando el trabajador opta por esta alternativa, la medida de lucha corre por cuenta y riesgo del trabajador pues la premisa jurídica que prima en el mundo laboral es que trabajador que no trabaja no cobra. Si bien es cierto que los profesores deben acatar un plan de recuperación de clases ello obedece a la obligación de cumplir con un plan lectivo y como deben trabajar en horas que no son laborables para ellos se les pagará en la medida que cumplan con esos horarios extras. Así de sencilla es la cosa.

FACILISMO

Tal como se han malacostumbrado en los gremios sindicales, los huelguistas pretenden que el gobierno financie sus paralizaciones, pretenden cobrar por adelantado lo que solo trabajarán en los próximos meses, hasta el mes de enero según el plan de recuperación de clases que se ha aprobado. Lamentablemente, en otros gremios sindicales se opta por este mecanismo inmoral e ilegal, aprovechando que sus estipendios y beneficios se pagan con el dinero que aportan todos los peruanos, con los recursos públicos, entonces hacen sus prologadas huelgas, no trabajan pero cobran puntualmente. Así cualquiera hace huelga pues como los trabajadores judiciales y hasta los médicos, exigen que al finalizar sus medidas de lucha el titular del pliego considere la prolongación de sus horarios una o dos horas por día hasta completar la cantidad de horas dejadas de trabajar durante la huelga. Eso es un despropósito porque pretenden que los usuarios se adecúen a sus nuevos horarios y está demostrado que en esas horas que se extiende su jornada laboral no hacen absolutamente nada, más aun cuando los usuarios acostumbrados a los horarios de oficina ya no concurren a las dependencias, salvo una que otra oficina que tiene mayor carga laboral y así no es la cosa. Hay que terminar con esta suerte de “palomillada” por la cual los huelguistas dejan de trabajar y cobran puntualmente porque dicen que luego van a recuperar horas. Esto es un abuso que ya debe abolirse.

GERENTE

La Sala Penal de Apelaciones ha corregido un craso error, que muchos dirían que fue un extraño horror, en el que incurrió un juez de investigación preparatoria que, de buenas a primeras, dispuso archivar los cargos formulados por el Ministerio Público contra la gerente del Consorcio “Casco Urbano”, por los actos colusorios detectados en la ejecución de las veredas del centro de la ciudad, aquella funesta obra que debió ser demolida en algunos tramos luego de la intervención del colegio de Ingenieros. Ocurre que en la fase de control de acusación un juez desestimó los cargos contra la gerente del consorcio y declaró procedente el pedido de sobreseimiento bajo el argumento que la acusada Luz Oliveros Basauri lo había movido algunos papeles cuando el gerente es el representante legal de una persona jurídica y como tal responde por los actos de la misma. Es evidente que la Sala Penal no podía dejar pasar por alto semejante desliz.