Pese a todos los esfuerzos que se hacen a nivel legislativo y social, pese a todas las marchas que se organizan a nivel nacional para rechazar los actos de violencia contra la mujer, los hechos de estas actitudes beligerantes no se detienen, por el contrario, se han incrementado a niveles realmente preocupantes.
En los últimos días en nuestra ciudad los medios de comunicación han revelado una serie de hechos en los que la mujer resulta siendo el blanco de reacciones brutales de sujetos que la emprenden a golpes como si estuvieran lidiando con otro sujeto de su mismo sexo, empero, se trata de cobardes que solo aprovechan su condición de superioridad física.
Pero la características en estos casos es la relación estrecha que existe entre agresor y víctima, generalmente son las parejas, sean esposas o convivientes las que resultan agredidas por sus consortes, inclusive, en algunos casos llegan a generarles lesiones graves, cuando la existencia de este vínculo ha generado una norma que endurece las penas a aplicarse a quienes incurren en estas acciones delictivas.
Se trata de la ley 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, una norma que se ha promulgado, precisamente, para proteger los casos de violencia contra las mujeres, niños y adolescentes de las acciones de brutalidad e intransigencia al interior de su propio hogar.
Entre todos los hechos que se han registrado en la última semana debemos referirnos al protagonizado por Eddy Cristóbal Alvarado Murillo quien agredió con puñete y patadasÂÂ a su conviviente dejándola ensangrentada y con el tabique fracturado, todo ello, en el interior de la discoteca “Cielo Azul” y en plena celebración por el Día del Trabajador.
Esto ocurrió como secuela de un ataque de celos que empezaron en el interior de la discoteca “Cielo Azul” y luego continuaron en la vía pública pues los vigilantes del establecimiento no detuvieron al atacante sino que los echaron a la calle, en donde el sujeto siguió con la golpiza aprovechando su superioridad física.
Sin embargo, para fortunio de la agraviada Mabel Araceli Caque Gonzales, unos vecinos de la prolongación Leoncio Prado, observaron los ataques físicos que sufría y dieron aviso a los efectivos de la Comisaría de Alto Perú, que detuvieron al agresor cuando seguía golpeando a la mujer, es decir, en acto de flagrancia de delito.
Por ello es que el los agentes llevaron al sujeto detenido, lo metieron al calabozo y dentro de los plazos inmediatos que prevé la ley, lo pusieron a disposición del Ministerio Público a efectos que solicite las medidas restrictivas como lo establece la ley.
Sin embargo, cuando los periodistas, acostumbrados a conocer esta clase de actuaciones judiciales, esperaban que el representante del Ministerio Público demande la prisión preventiva, como en otros casos, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos en la medida que la mujer había sufrido la fractura del tabique nasal, el representante del Ministerio Público llegó a la audiencia con un acuerdo de conclusión anticipada que generó la reacción airada del magistrado a cargo de la causa.
En efecto, la Fiscalía no llegó con el esperado pedido de prisión para el bravucón sino que solicitaba el inicio de una audiencia de proceso inmediato y tenía bajo la manga un acuerdo de terminación anticipada con el imputado para imponerle una pena de 2 años 6 meses de prisión, sin embargo, el propio Fiscal Christian Gonzales Pérez propuso la conversión de la pena efectiva por trabajos comunitarios.
Es decir, para el representante del Ministerio Publico, a pesar que existe una ley que prohíbe la suspensión de la pena por lesiones cuando ellas se producen en el entorno familiar, pretendía librar de la cárcel al agresor planteando una reconversión de la pena por trabajos comunitarios que los cumplirá en 190 días.
El juez Jhon Pillaca Valdez tras escuchar la propuesta del Fiscal discrepó abiertamente y le señaló que la pena probable que iba a alcanzar el imputado era mayor a los 5 años de prisión, pues tenía el agravante de la superioridad física, razón por la cual la pena propuesta de 2 años 6 meses era insuficiente.
Estando así las cosas, el magistrado declaró improcedente el pedido de investigar al individuo bajo la modalidad de proceso inmediato y desaprobó el acuerdo de terminación anticipada, añadiendo que al no existir ninguna medida coercitiva grave solicitada por el Ministerio Público, se le dictaba comparecencia simple y se disponía la inmediata libertad al imputado Eddy Cristóbal Alvarado Murillo.
Aunque esto parezca increíble, la absurda posición del Fiscal permitió que el agresor, con una pusilánime sonrisa, se retirara del recinto judicial en medio del desolador llanto de la mujer agraviada de la cual, aparentemente la justicia se olvidó, para quien ni siquiera otorgaron alguna medida de protección a pesar que la ley establece que este es el primer paso que se debe dar cuando se presentan estos casos de agresiones en el entorno familiar.
Hay que tener en cuenta que miles de casos de violencia contra las mujeres no llegan a someterse a la justicia y gran parte de ellos responde a la impotencia de muchas víctimas de proceder de manera legal porque entienden que la justicia responde de esta manera tan indiferente como maquiavélica y arbitraria, dejando libre de polvo y paja al agresor y exponiéndolas a hechos mucho más graves en la medida que estos sujetos irracionales suelen apelar a la venganza.
Hay que tener en cuenta que ya en una oportunidad se dejó libre a un agresor por esta misma e ilegal posición de un Fiscal de pretender aprobar un acuerdo de terminación anticipada que favorece abierta y descaradamente a un agresor de mujeres, esto no lo permite la ley y no lo acepta la población que ha expresado su repudio en las calles a estas muestras de intolerancia ante los actos de violencia contra las mujeres.
Lo ocurrido en este caso de agresión nos demuestra, una vez más, que en los casos de violencia contra los niños y mujeres se impone la impunidad, se refleja el pésimo tratamiento policial y judicial que deriva en esta clase de medidas absurdas en el que el derecho de las mujeres queda pisoteado y al margen de una mínima medida de protección. Esto no puede seguir así, de lo contrario, seguiremos viendo las noticias teñidas de sangre.