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REPARACION

La incertidumbre invade a los “compañeros” de la lista regional del Partido Aprista en la medida que pasan los días y el Jurado Electoral de Huaraz no inscribe la lista que encabeza Hernando Mantilla Rodríguez, limitando el accionar proselitista de muchos de ellos que esperan tener la resolución en la mano para echar a andar la maquinaria propagandística. Y, es que además de la formula y lista que han sido admitidos en parte, preocupa a los personeros que no exista pronunciamiento respecto al procedimiento de exclusión que le iniciaron al candidato por la provincia de Casma, José Frank Gonzáles García, quien arrastra una sentencia condenatorita por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, del que dice se rehabilitó hace mucho tiempo. Al respecto señalan que esta sentencia estaba consignada en la hoja de vida, como en realidad lo admite el Jurado Electoral, empero, este organismo no inicia el procedimiento de exclusión por omisión de información sino porque el candidato casmeño no ha acreditado el pago de la reparación civil. Ese es el único reparo que le hace porque admite que ha presentado la copia de la resolución de fecha 03 de mayo del 2010 que declara su rehabilitación del mencionado fallo condenatorio. Pero con respecto a la reparación civil, el personero legal ensaya una argumentación realmente insólita, pues lejos de aparejar el certificado de depósito que acredite que cumplió con el empoce correspondiente, lo que argumenta es que esa obligación es una deuda y como tal ellas prescriben a los 10 años, por ende, habiendo sido sentenciado en mayo del 2007, a la fecha han trascurrido 11 años, lo que quiere decir que no se le puede exigir el cumplimiento del pago de una deuda que a la fecha ya no resulta exigible. Huuummm. La verdad es que este argumento tiene para un amplio debate, los apristas han renunciado a la defensa del otro consejero regional, Jeremías Figueroa Flores, quien tiene una sentencia de 3 años de cárcel efectiva por delito de violación sexual. La verdad es que en este último caso hay que ser bien canalla para defender semejante antecedente, es increíble que no hayan tenido el celo suficiente como para permitir la candidatura de semejante abusador.

CONFUSION

Una hoja de vida es una declaración jurada en la cual el ciudadano que pretende ser autoridad y ser candidato en una elección popular debe consignar todos sus datos personales y dentro de ellos los antecedentes que ha podido acumular, es decir, las sentencias que se han expedido en su contra. No se trata solo de establecer si estas sentencias están vigentes, que se han rehabilitado y se han cumplido a cabalidad, sino que lo que se busca es que se conozca la calidad de la persona y para ello se tiene que saber si ha sido sentenciado aun cuando se trate de un fallo antiguo y casi olvidado. Lamentablemente, ciertos candidatos pensaron que tratándose de una sentencia antiquísima nadie tiene porque enterarse, pero se equivocan de cabo a rabo. Una de las causales de exclusión es “omitir información”, por ello al candidato a la consejería de Huaraz por el movimiento “Juntos por el Perú”, Víctor Rosario Félix, el Jurado Electoral de Huaraz le inició procedimiento de exclusión al detectarse que tenía una condena que no había consignado pero el candidato alega en su defensa que siendo una sentencia del año 1993 y que habiendo transcurrido 24 años “pensaba que no era obligatorio tener que dar cuenta de ella”, por ello para apaciguar las aguas y evitar que el jurado lo deje fuera al confirmarse que ha omitido información, ha presentado una declaración jurada reconociendo la existencia de la sentencia y pidiendo que se haga una anotación marginal en su hoja de vida. Todo indica que el jurado se pronunciará sobre este caso cuando dictamine si se inscribe la lista.

SALAO

La sonrisa de su habilitación por parte del Jurado Nacional de Elecciones le duró muy poco al regidor Lincoln Cedeño Vergara, candidato de Unión por el Perú a la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, pues todo indica que postulará sin candidatos a regidores números 1 y 2, es decir sin candidato a Teniente Alcalde ni primera regidora. Ello porque el Jurado Electoral del Santa ha declarado improcedentes las candidaturas de Orlando Clemente Iparraguirre Villanueva y de Sandra Verónica Fernández Beltrán, quienes fueron emplazados para que presenten sus licencias sin goce de haber en la medida que son empleados públicos y no lo hicieron. El primero es servidor de Essalud y la segunda funcionaria de la Municipalidad Distrital de Quillo, sin embargo, tal parece que no las gestionaron en los plazos precisados y se quedaron fuera de carrera. No cabe duda que el regidor Lincoln Cedeño es un salao, primero lo descartan de plano y después de bregar en el JNE ahora le mochan a sus dos candidatos a primeros regidores, pues no han apelado.