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CONFIRMAN CONDENA EFECTIVA A SUJETO QUE ATACÓ A SU CONVIVIENTE TRAS ARRASTRARLA DE LOS CABELLOS

Dos años y medio de pena efectiva

10-set-502

Agresor, Erik Morillo Príncipe fue condenado.

Un sujeto quien no tuvo reparos en arrastrar de los cabellos a su conviviente por negarse a coger objetos de su vecino permanecerá recluido en el establecimiento penal de Cambio Puente, luego que los jueces que integran la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa confirmaran la condena de dos años y cuatro meses de prisión efectiva como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de agresiones contra las mujeres.

El condenado fue identificado como Erik Oviedo Morillo Prince (36) quien según consta en la investigación, el pasado 27 de octubre del año 2017, al promediar las 02:00 de la madrugada, llegó hasta la vivienda que compartía con la agraviada en el AA.HH. Brisas del Mar del distrito de Nuevo Chimbote, solicitando ayuda pues la motocicleta que conducía se había atollado debido a la zona arenosa, solicitud que fue atendida por la mujer. 

Sin embargo al no lograr su cometido solicitó a la mujer trajera unas cañas de propiedad de uno de sus vecinos, acción que la mujer se negó a realizar, por lo que enfurecido empezó a insultarla, sin importarle la presencia de una menor de edad en una de las habitaciones, instantes en los que empuja a la agraviada y tras cogerla de los cabellos la arrastra varios metros, para posteriormente golpearla en el pecho y estomago e incluso cogiendo una piedra para golpearla en las manos y hasta lanzarle bofetadas y rodillazos en las costillas.

Asustada la menor grita pidiendo auxilio siendo un patrullero que transitaba por la zona el que interviene al sujeto, quien tras su juicio fue condenado en junio del presente año por el Primer Juzgado Penal Unipersonal, cuya pena evaluada por los jueces, José Manzo Villanueva, Carlos Maya Espinoza y Pedro Rodríguez Huayaney fue confirmada, determinando que el sujeto permanezca recluido en prisión en amparo de la Ley N°30364 para “Prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres o integrantes del grupo familiar”.