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REPUESTOS

El plazo de 3 días antes del 07 de setiembre para las exclusiones de candidatos que han sido descubiertos en infracción electoral, era para el pronunciamiento en instancia definitiva del Jurado Nacional de Elecciones y no para el pronunciamiento del Jurado Electoral Especial. Esta sorpresiva e increíble precisión ha sido establecida por el máximo organismo electoral que está señalando que aquellos procesos de exclusión que no se tramitaron en su debido momento y que se expidieron sobre el plazo del 07 de setiembre ya no tienen efecto en la medida que ya no hubo tiempo para ser revisados en segunda instancia. En otras palabras, aquellos que fueron excluidos en los días previos al 07 de setiembre o el mismo 07 de setiembre por los jurados electorales especiales pueden comenzar a festejar porque la interpretación que ha hecho el JNE los beneficia, vuelven al redil electoral y serán habilitados, con una mera anotación marginal en sus hojas de vida. Esto beneficia, por ejemplo, a nivel regional a los candidatos Koki Noriega Brito del MANPE y Hernando Mantilla Rodríguez el APRA, quienes fueron excluidos en el límite del plazo y había planteado apelación. La causal fue no haber declarados sus ingresos, por lo que deberán hacerlo en una anotación marginal y seguirán en competencia. A nivel provincial también hay dos beneficiados, los candidatos de “Restauración Nacional” Víctor Llanos Muñoz y de “Avanza País”, Joaquín Cruz Navarro, también se verán beneficiados por esta interpretación pues ellos fueron excluidos el primero tres días antes del 07 de septiembre y el segundo ese mismo día del plazo final. Ellos volverán a ser habilitados y seguirán en carrera. Sin embargo, la resolución del JNE no los premia de ninguna manera, por el contrario, señala que además de la anotación marginal que se hará en sus hojas de vida, los jurados electorales procederán a remitir al Ministerio Público las omisiones en las que incurrieron los candidatos porque ese hecho constituye delito y deberá ser calificado por el representante del Ministerio Público que formalizará cargos contra ellos. En estos últimos casos quien sale mejor librado es Víctor Llanos Muñoz que tiene una sentencia vigente y aun así podrá postular en estos comicios. Que peligroso es todo esto.

APATÍA

La medida del máximo organismo electoral, quiéranlo o no, es una verdadera cachetada de amonestación a los Jurados Electorales Especiales en la medida que ellos tenían en sus manos la posibilidad de excluir a los candidatos con la debida antelación y no lo hicieron. Basta revisar los antecedentes de cada uno para convenir que esto es cierto, la omisiones se conocían con lucha antelación pero lo que no se entiende cómo es que los jurados esperaron la hora undécima para dictar las resoluciones porque no solicitaron los descargos de manera oportuna. La existencia de los antecedentes estaba a disposición de los jurados desde el momento mismo que se inscribieron las listas, lo mismo ocurre con el caso de quienes omitieron información de ingresos de los candidatos. Lo que sucede es que la carga de trabajo de los jurados los llevó a postergar estos procedimientos que requerían más prisa y diligencia. Este escenario nos lleva a un caso similar a lo que ocurrió en las elecciones pasadas, cuando se permitió la postulación de un candidato inhabilitado como era Waldo Ríos Salcedo y ya todos saben lo que pasó, nos dejaron más de dos años sin Gobernador y finalmente lo metieron a la cárcel. No es dable que los electores estemos con candidatos que tienen un prontuario sobre sus espaldas. Esperemos que esto sirva para que en el futuro los Jurados cumplan su labor sin dilaciones y postergaciones.

EJEMPLAR

La condena que ha impuesto la Corte del Santa contra un tendero, a quien le ha impuesto un año y 8 meses de cárcel efectiva, debe representar un importante precedente no solo para los magistrados que deben resolver casos similares, sino para los propios delincuentes que toman esta modalidad delictiva muy a la ligera, se exponen porque piensan que lo mucho que puede pasarles es que los lleven a la sede policial y luego tendrán que dejarlos en libertad. Sin embargo, en la medida que estos casos se repiten una y otra vez, la justicia está considerando esta reiterancia como un criterio que amerita una pena efectiva, de allí que los “tenderos” deben comenzar a pensarlo dos veces antes de pretender sacarle la vuelta a la seguridad y los cajeros de los centros comerciales que son sus víctimas favoritas. Si no quieren ir a la cárcel será mejor que busquen un trabajo y ganarse la vida dignamente.