Editorial

Editorial: ::: INFARTO JUDICIAL :::

El ex alcalde de Nuevo Chimbote, Juan Francisco Gasco Barreto, se encuentra internado en el hospital III de Essalud hacia donde fue trasladado de emergencia desde el penal de Cambio Puente debido a que sufrió un infarto que puso en riesgo su vida.

Es evidente que el corazón del ex burgomaestre ya no soportó más a las incomprensibles medidas que está adoptando en su caso la Corte del Santa y, con mayor ensañamiento, el Ministerio Público que han fracasado clamorosamente en la investigación judicial que le iniciaron y pretenden lavarse la cara poniendo en entredicho su libertad, lo cual es realmente arbitrario.

No otra cosa se puede pensar luego que la Primera Sala Penal de Apelaciones anulara la sentencia condenatoria que el pasado mes de marzo dictó el Segundo Juzgado Penal Unipersonal, en razón que había incurrido en una serie de vicios, entre ellos la incoherencia en los criterios de la penalidad y la incorporación de pruebas que no han sido materia del contradictorio, por lo que ordenó que otro juzgado lleve a cabo nuevamente el juicio oral.

Así las cosas, el sentenciado debería recuperar su libertad pues la orden de prisión preventiva que pesaba en su contra virtualmente se había agotado en el enjuiciamiento anulado, apenas quedaban tres días para que se cumpla y se disponga la libertad del ex alcalde que debería de hacer frente a los cargos sujeto a una orden de comparecencia.

Sin embargo, cuando todo hacía pensar que en el marco de tres días se concretaría esta medida, sorpresivamente, el Ministerio Público solicitó al nuevo Juzgado a cargo del Juez John Pillaca Valdez, que se adecúe la prisión preventiva y se amplíe en 10 meses mas para los efectos de garantizar el desarrollo del nuevo juicio oral ordenado por la instancia superior.

Extrañamente, el juez titular John Pillaca no se hizo cargo de este insólito pedido, sino que se realizó la diligencia con la juez suplente Julia Regalado, quien tras escuchar los argumentos del Ministerio Público, sin mayor argumentación y fundamento, autorizó la ampliación por 10 meses mas de la prisión preventiva.

Aparentemente, la falta de experiencia de la juez en estos menesteres no le permitió advertir la trampa a la que la estaba llevando la Fiscalía, pues llevó adelante una audiencia “entre gallos y medianoche”, sin la presencia del abogado de la defensa y sin que siquiera se haya expedido la resolución judicial que señala fecha y hora para esa audiencia que era una continuación de una anterior.

Esto lo pudo corroborar posteriormente el abogado defensor Víctor Chero Maldonado al reincorporarse al trámite de la causa y plantear un recurso de apelación, confirmando sus sospechas de la manera irregular en que se realizó esta audiencia de adecuación de la prisión preventiva de su defendido, quien incluso, fue trasladado en mal estado al ambiente del Penal desde donde siguió las incidencias vía teleconferencia.

¿Por qué la Fiscalía está actuando de esta manera? ¿Por qué se hace tabla rasa de los derechos de una persona para someterla a una audiencia en medio de vicios que acarrean la nulidad de todo lo actuado? ¿cuál es el propósito del Fiscal para demandar una ampliación de la ampliación de la prisión preventiva a sabiendas que el encausado esta a poco de cumplir los 36 meses de reclusión que es el tiempo máximo que la ley procesal autoriza para mantener bajo las rejas a una persona sin que se le dicte una sentencia?

Todo hace indicar que lo que pretende la Fiscalía es ocultar el mediocre papel que le ha tocado desempeñar en este proceso penal, pues la Sala Superior le ha enmendado la plana, ha traído por los suelos una sentencia que se dictó a la carrera con el único objetivo de impedir que se cumpla el plazo de prisión.

Y cuando las cosas se hacen a la carrera ocurren estas cosas, se festinan diligencias, se apela a la mala fe de las notificaciones, se realizan audiencias sin que existan resoluciones que las autoricen, en fin, se comete tropelía y media.

Pero la Libertad es un derecho fundamental de una persona y no puede estar sujeta a los sinsabores de los Fiscales, no puede estar expuesta a los desafíos de Fiscales que no han podido cumplir el rol que le encomienda la ley, al extremo de pretender mantener en el presidio a un funcionario que demostró que estaba dispuesto a colaborar con la justicia, que se puso a derecho al recapacitar sobre su situación jurídica y que ha tolerado dos periodos de prisión sin que la justicia pueda sustentar las razones graves y delicadas por las cuales tiene que permanecer en prisión.

No queremos ni vamos a sostener que el ex alcalde Juan Gasco Barreto es inocente, eso se deberá determinar en el desarrollo del juicio. empero, no existe necesidad de persistir con una promulgada prisión por el solo hecho que los fiscales no han sido capaces de dilucidar su proceso penal en el plazo solicitado oportunamente.

El próximo mes de enero el ex alcalde Juan Gasco Barreto cumplirá 36 meses de reclusión en el penal de Cambio Puente y el Fiscal pretende que permanezca 10 meses más cuando ello no solo es ilegal sino innecesario en la medida que ya no tiene mas pruebas que actuar y cuando el fracaso de su labor es evidente.,

De allí que no le falta razón al abogado Víctor Chero Maldonado, defensor del ex burgomaestre, cuando afirma que en este desenlace hay un evidente ensañamiento contra su patrocinado, tanto así que a su co encausado Rodolfo Barrantes no se le ha solicitado una sola medida restrictiva a pesar que para ellos tiene mas responsabilidad y fue condenado inicialmente a 14 años, lo que resulta realmente contraproducente y demuestra que algo extraño hay allí.

No sabemos si a la fecha el ex alcalde sureño permanece en el hospital de Essalud o si ha retornado al penal de Cambio Puente, lo que si sospechamos es que la instancia superior que revisará la írrita adecuación de prisión preventiva no solo la dejará sin efecto sino que deberá evaluar el comportamiento de los operadores de justicia de primera instancia por esquilmar el derecho a la libertad de una persona y promover de esta manera un infarto judicial que deberá quedar como un funesto precedente en los anales de la justicia de Chimbote.