Gobierno emite decreto de urgencia:
Decreto Supremo autoriza uso de canon para COVID-19.
El Gobierno autorizó que los Gobiernos Regionales y Locales puedan utilizar hasta un 25% de los recursos efectivamente transferidos, provenientes del Canon, sobre Canon, regalías mineras y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea, así como de los saldos de balance generados por dichos conceptos, para el ejercicio fiscal 2020.
Esta decisión la tomó a través del Decreto de Urgencia N° 081-2020, refrendado por el Presidente; Martin Vizcarra, el Presidente del Consejo de Ministros; Vicente Zevallos, la Ministra de Economía y Finanzas; María Alva Luperdi y el Ministro de Salud; Víctor Zamora Mesia. El presente Decreto de Urgencia fue publicado ayer; en la separata de Normas Legales del diario oficial “El Peruano”.
El departamento de Áncash es uno de los que más Canon y regalías mineras recibe, tanto para el Gobierno Regional como los Gobiernos Locales.
Esta norma señala de manera específica que; el 25% del Canon Minero sólo será usado para las actividades de emergencia vinculadas a la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del Coronavirus, para el caso de gobiernos regionales.
Mientras que, para los Gobiernos locales, este 25% financiará el gasto en bienes y servicios vinculados a los servicios públicos y esenciales en el marco de sus competencias con la finalidad de garantizar la continuidad de los servicios públicos esenciales.
Esta norma también autoriza a los gobiernos regionales a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel programático con cargo a los recursos disponibles de su prepuesto institucional; de acuerdo al Decreto de Urgencia N° 014-2019.
Puntualiza la norma que estos recursos de Canon, sobre Canon y regalías mineras; no pueden utilizarse en ningún caso para el pago de remuneraciones o retribuciones de cualquier índole. Finalmente, el presente decreto tiene vigencia gasta el 31 de diciembre de este año 2020.
