INCOHERENCIA
Hace solo unos días destacábamos la decisión de los miembros de una Sala Penal que al instalar una audiencia de juicio oral rechazaron la incorporación de un acusado que tenía la condición de requisitoriado pues pesaba en su contra una medida de prisión preventiva de 18 meses y se hallaba en la clandestinidad. Los magistrados consideraron que no era legal que, por el hecho que se hayan implementado los juicios virtuales, alguien que haya rehuido a la justicia pretenda incorporarse al juicio sin haberse puesto a derecho, por lo que lo desconectaron a efectos que proceda como corresponde. Eso está bien, sin embargo, hace un par de días se informó de otra audiencia en la cual un juzgado colegiado había permitido que un individuo que se halla condenado, pero oculto de la justicia, se incorpore al proceso a través de la conexión de su abogado, con la finalidad de defenderse de los cargos. En este caso los magistrados consideraron que no se le podía recortar el derecho a la defensa, aun cuando no lo ejerció en su momento porque estaba sujeto a una medida de prisión preventiva, más aún cuando su sola presencia generó una situación que ha dejado mucho que desear. No se sabe si la sola presencia del acusado, en la pantalla, ejerció influencia negativa en la agraviada, empero, en la misma diligencia la mujer se retractó de los cargos, dijo que se había equivocado y que ya no reconocía al sentenciado como uno de los delincuentes que la asaltó. Esto a pesar que otros testigos también lo sindicaron, fue un atraco en medio de una fiesta y hubieron otros que los reconocieron por eso en primera instancia los condenaron. Nos preguntamos ¿no habrá representado la repentina presencia del sentenciado una influencia amenazante para la agraviada? ¿No habrá sentido temor de mantener los cargos al verlo en pantalla? Habría que evaluar esto pero en esencia llama la atención la incoherencia judicial de los operadores de justicia que, por un lado consideran indebido que un procesado con orden de captura pretenda apersonarse al juicio virtual sin ponerse a derecho, mientras que en otro caso otros jueces consideren es lícito porque no se puede recortar su derecho a la defensa. Sería oportuno que se pongan de acuerdo.
RETRACTA
A propósito de retractaciones y desmentidos, otro hecho que advirtieron los periodistas fue el documento que hacia valer un preso del penal de Cambio Puente para conseguir su libertad. El sujeto está encarcelado al recibir una medida de 9 meses de prisión preventiva luego de haber masacrado a su ex conviviente. En la apelación a la Sala, el abogado defensor esgrimía una declaración jurada firmada por la agraviada, quien se retractaba de los cargos y llegaba a sostener que fue ella quien inició las agresiones. Esto no sorprende pues por temor o por vergüenza muchas mujeres dejan de lado los cargos, empero, en este caso en particular será difícil que la justicia lo tome en cuenta en razón que el investigado no solo responde a cargos de lesiones y violencia contra la mujer, sino que también está procesado por desobediencia a la autoridad, pues había violado al régimen de restricciones, en otras palabras la autoridad judicial le había prohibido acercarse a la agraviada pero resulta agrediéndola a mansalva. Esto quiere decir que por mucho que haya conseguido una “retractación” de la agraviada, será difícil, que la justicia lo libere porque ha cometido otros delitos que no se pueden ignorar con un documento que ya todos saben cómo se obtienen.
FERIA
Los funcionarios de la Municipalidad Provincial del Santa deben estar planificando qué medidas tomar ahora que se ha levantado la cuarentena focalizada y que el comercio ambulatorio ha crecido ostensiblemente como consecuencia de la anemia del covid 19. Esto se pudo advertir hace solo unos días cuando personal de la Policía Municipal desalojo a los informales que estaban concentrados en las calles aledañas al mercado Modelo, sin embargo, esos mismos ambulantes se fueron a invadir la berma central de la avenida pardo, generando una feria similar a las que se instalan allí mismo en las fiestas de San Pedrito. Allí no hay distanciamiento, no hay protección de mascarillas y no hay desinfección es un foco infeccioso, por ello será pertinente que la comuna provincial cuente con un plan B en materia de comercio ambulatorio. Tienen que ser conscientes que la pandemia nos ha llevado a un nuevo escenario de la venta callejera y ante ello hay que ser audaces para poder ordenar las calles y, sobretodo, se eviten las aglomeraciones.