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CORTE SUPREMA DECLARÓ IMPROCEDENTE RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR PROPIETARIA DE VIVIENDA EN AV. CAMINO REAL

La Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Betty Flor Oliva Reyes contra la Municipalidad Provincial del Santa (MPS) que dispuso la demolición de la vivienda de la prolongación Alfonso Ugarte, en el P.J. Pueblo Libre, al haber sido construida en la vía pública.

El procurador municipal, Richard Jaime Sarmiento García explicó que en el 2011 la moradora había interpuesto una demanda de impugnación de la resolución administrativa contra la comuna al haber emitido la resolución de alcaldía ordenando la demolición del predio. Precisó que en primera y segunda instancia en la Corte Superior de Justicia del Santa se declararon infundadas las demandas, por ese motivo la demandante apeló a la Suprema que finalmente terminó dando la razón al municipio provincial.

“Luego de un arduo proceso, la municipal ganó hasta en la última instancia es decir ante la Corte Suprema con resolución de autocalificatorio de recurso de casación N° 22135-2019 del Santa resolvió declarar improcedente y con ello solo queda actuar”, expresó.

Sarmiento García, señaló que en ese sentido la comuna procederá a demoler- en un plazo menor de un mes- la vivienda del que en su momento era denominado como manzana N lote 1 del pueblo joven Pueblo Libre. “Ahora sí, la municipalidad va a poder culminar la obra de pistas y veredas de la avenida Camino Real de Chimbote, pues este era el único impedimento que teníamos, además generaba malestar en los transportistas y vecinos”, anotó.

El letrado, recordó que, durante todo este proceso, la MPS intentó llegar a un acuerdo conciliatorio y ofreció de pago un promedio de 13 mil dólares para que desaloje el lugar, tal como sucedió que todas las viviendas que se encontraban en este lugar; sin embargo la propietaria del inmueble se negó y por el contrario solicitaba cerca de 60 mil dólares.

“Se ha conversado personalmente con la señora con la finalidad de que de forma voluntaria se retire del inmueble y ella aceptó. Ahora con esta resolución suprema ya no nos obliga a pagar nada y por tanto se está corriendo las gestiones para la pronta demolición”, acotó.

El defensor de los intereses del municipio, agregó que con el fallo de improcedencia al recurso de casación que se interpuso con fecha 5 de agosto del 2019 sobre la acción contenciosa administrativa, ahora solo queda a la comuna intervenir de acuerdo a sus competencias.