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CADA NOMBRADO DE LA UGEL SANTA COBRÓ MÁS DE 65 MIL SOLES DE BONO POR PRODUCTIVIDAD

No es cierto que les pagaran 400 soles como afirman:

En Asamblea General Extraordinaria de Trabajadores Administrativos de Educación, el Secretario General del Sindicato de Trabajadores Administrativos de Educación (SUTACE-Santa), Oscar Acebedo Flores, dijo que “la funcionaria de confianza del Gobierno Regional de Ancash (GRA) y renunciante al cargo de la Jefatura de Presupuesto de la UGEL Santa viene mintiendo a la opinión pública, al expresar que gana  un Bono por Productividad o “plush”  de S/ 400 soles, cuando sabemos todos que  eso no es cierto, muy por  el contrario, los Anexos del Informe N° 7051-2020-CG/GRAN-SOO de Contraloría General de la República revelan claramente que los 52 trabajadores nombrados de la UGEL Santa  han cobrado de manera mensual y de una forma escandalosa, Bonos por Productividad o “plush” que van desde S/ 46,300  hasta  S/ 65,899  soles fuera de su sueldo durante el año 2019, incluso ella ha cobrado descaradamente S/ 47,900 soles en el 2019, es decir, cuatro mil soles mensiales, sin miramiento alguno y sin interesarle para nada la niñez de los colegios”.

La Asamblea General vía zoom se realizó el último viernes 23 desde las 10:30 a.m., donde el Secretario General del SUTACE-Santa, Oscar Acebedo se mostró indignado por el hecho que la funcionaria renunciante de la Jefatura de Presupuesto de la UGEL Santa, desde el 05 de julio, Zoila Ríos Mimbela viene diciendo que su Bono por Productividad de es S/ 400 soles.

“Ella ha cobrado S/ 47,900 de  Bono por Productividad durante el año 2019 fuera de su sueldo. Que no engañe  a la opinión pública. Lo dicen los Anexos del Informe N° 7051-2020-CG/GRAN-SOO de Contraloría General de la República, son claros y contundentes. Se han enriquecido durante todos estos años desde el año 2011 como consecuencia de una resolución ilegal, me refiero a la Resolución Gerencia Regional N° 128-2011-GRA/GRA firmada por un desconocido de nombre Mauricio Chu Leoncio Benito, conforme señala la sentencia de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa que declara improcedente su pago de Bono por Productividad o “plush”, escrita en la Resolución Número OCHO de fecha 06 de junio del 2019”, expresó Oscar Acebedo

“Es todo un escándalo saber que se han pagado al año más de S/ 65 mil soles fuera de su sueldo. Han hecho todo un festín con el dinero del estado. A espaldas de todo el mundo. Los Anexos del  Informe N° 7051-2020-CG/GRAN-SOO de Contraloría General de la República, son claros y contundentes, por eso los Auditores siguen en la UGEL Santa. Los anexos mencionan: el Auditor I, S/ 46,300, la Especialista Administrativo I del Órgano de  Control Interno (OCI), S/ 65,899,  su hermano que estuvo encargado de la Jefatura de Personal y lo han expectorado, S/ 61, 490, la Técnico Administrativo de Personal que toda la vida se ha jactado de honesta y encima ha tratado mal a los administrativos, S/ 46,300, la renunciante encargada de la Jefatura de Presupuesto, S/ 47,900, la Especialista Administrativo de Abastecimiento, S/ 56,399, el desaforado Ex Administrador, Rueda, S/ 58,263, el Ingeniero I, S/ 46,300  y el Abogado de Asesoría Jurídica,  65,899”, manifestó indignado Oscar Acebedo.

Por su parte, el Secretario de Organización, David  Avalos Pérez dijo que “hay otros que también se han  beneficiado de la misma manera con la ilegal Resolución Gerencia Regional N° 128-2011-GRA/GRA pagándose el Bono por Productividad o “plush” durante el año 2019 y que han sido declarados improcedentes por el Tribunal Constitucional, mediante Sentencia Interlocutoria, también, por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa y por el 2° Juzgado Mixto de Nuevo Chimbote, mediante Resolución Número CUATRO de fecha 28 de marzo del 2019.

Entre ellos: la Oficinista II que trabaja en Mesa de Partes, S/ 40,490, los esposos, el Trabajador de Servicio II, S/ 40,490 y la Asistenta Social I, S/ 46,300, la Relacionista Público, S/ 44,920, el saliente Tesorero I, S/ 46,300, el Programador Sistema PAD I, S/ 40,490, la Ex Jefa de Asesoría Legal, S/ 60,695 y la Técnico Administrativo I de Patrimonio, S/ 40,490 soles. Todos esos montos han cobrado sin miramiento alguno de manera mensual,  fuera de su sueldo durante el año 2019, conforme señala los anexos del Informe N°  7051-2020-CG/GRAN-SOO de Contraloría General de la República que revelan que el desfalco fue de más de  s/ 2 Millones de soles, utilizando la cuenta bancaria y la contraseña de la Ex Tesorera fallecida, Vicenta Contreras Gutiérrez”.

Del mismo modo, Oscar Acebedo, en la reunión vía zoom del viernes, mostró como los informes de Contraloría revelan la forma cómo se han pagado los nombrados de la UGEL Santa el Bono por Productividad. “Reitero. Es todo un escándalo todo esto de los Bonos por Productividad o el jugoso “plush”. Por decir, un sólo ejemplo, el Auditor I: Escala Base, S/ 1,000 soles, Resolución Ejecutiva Regional N° 111, S/ 1,800, Resolución Gerencia Regional N° 128-2011, S/4,000 soles. Es descarado. Todos estos pagos, se ha hecho esta persona de manera mensual durante el año 2019. Similar situación ha ocurrido con el resto de nombrados que se han pagado de esa manera. Y, no va a venir a decir la renunciante, Zoila Ríos Mimbela que se pagan S/ 400 soles y que son pobrecitos”, acotó Oscar Acebedo.

Finalmente, Oscar Acebedo dijo que “mediante Oficio N° 260-2020 de fecha 23 de octubre se ha presentado formalmente a la Ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva Luperdi  todas las irregularidades que se vienen cometiendo en la  UGEL Santa sobre el pago de Bono de Productividad. Estamos adjuntando el Informe N° 7051-2020-CG/GRAN-SOO de Contraloría General de la República que habla del desfalco de los más de 2 Millones de las arcas de la UGEL Santa. Asimismo, el otro Informe de Contraloría N° 028-2019-OCI/5332-SCC que revela la salida de S/ 1 Millón 246 mil 320 soles, también de las arcas de la UGEL Santa, la Sentencia Interlocutoria del Tribunal Constitucional, la Resolución Número 08 de la Primera Sala Civil de la Corte del Santa y la Resolución Número  04 del 2° Juzgado Mixto de Nuevo