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PRECISAN RESTRICCIONES Y MULTAS QUE RIGEN DESDE ESTE DOMINGO 31 HASTA EL 14 DE FEBRERO

Actividades permitidas se podrán realizar solo hasta las 6:00 p. m:

El presidente Francisco Sagasti anunció la noche del martes el ingreso a cuarentena total de diez regiones del Perú desde el 31 de enero al 14 de febrero, por los niveles extremos de contagio, hospitalizaciones y muertes por la COVID-19.

El mandatario informó que las regiones en nivel de alerta extremo son: Lima Metropolitana y Lima provincias, Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac.

Según el decreto supremo de esta medida publicada la madrugada de este miércoles, en estas regiones la inmovilización social obligatoria se acatará durante todo el día.

Además, actividades permitidas como el abastecimiento de productos de primera necesidad en supermercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias, así como los pedidos de delivery solo se podrán realizar hasta las 6:00 p.m. El mismo horario de cierre rige para bancos y otras entidades financieras. En todos estos establecimientos, el aforo máximo permitido será del 40%.

Asimismo, la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, así como la salida peatonal durante una hora como máximo a lugares cercanos al domicilio, solo se podrán realizar entre las 06.00 a.m. y 6:00 p.m.

SANCIONES

El decreto supremo establece que durante la inmovilización social obligatoria, “las personas que incumplan las medidas sanitarias y las establecidas en virtud al Estado de Emergencia Nacional, serán intervenidas y conducidas por la Policía Nacional del Perú y/o por las Fuerzas Armadas, a los centros de retención temporal”.

Los infractores no pueden permanecer en estos centros por más de cuatro horas, precisa la norma. Y en caso incumplan el pago de multas por las infracciones cometidas “estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado; así como, de ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario”.