Opinión

CONSEJO PARA LA REFORMA DEL SISTEMA DE JUSTICIA

Dr. Edhín Campos Barranzuela

Bastante satisfacción ha causado en la comunidad jurídica y en la opinión pública nacional, la nueva reunión de las autoridades gubernamentales, que conforman el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, cuya convocatoria fue con la finalidad de que los participantes intercambiaran ideas, acerca del presupuesto requerido para la ejecución de las acciones en el periodo 2021-2025.

Es preciso indicar, que mediante Ley 30942, se creó el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, con el objetivo de impulsar su refundición, mediante la formulación de los criterios para la elaboración de la política nacional y la coordinación para la ejecución de políticas públicas de justicia.

Además, su finalidad es realizar un seguimiento, control, implementación y ejecución de los respectivos procesos de reforma en todo el sistema de justicia.

Este Consejo, que se sabe poco de él, se encuentra conformado por el Presidente de la República, el Presidente de Congreso, el Presidente del Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Presidente de la Junta Nacional de Justicia, el Contralor General de la República y el Defensor del Pueblo respectivamente.

En una oportunidad, existieron cuestionamientos del propio Presidente del Tribunal Constitucional de ese entonces Dr. Ernesto Blume, quién oficializó la presentación, ante la Oficialía Mayor del Congreso de la República, la derogación del Art. 2, inciso e) y el Art. 6, inc g)  de la Ley 30942, que crea el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia.

Precisaba, que ante una eventual situación, podría colocar al Tribunal Constitucional, en la penosa circunstancia de haber participado en la elaboración de políticas públicas, de las que derivarían las normas objeto de cuestionamiento, lo que pondría en cuestión la imparcialidad que corresponde al Tribunal, al administrar justicia constitucional de su competencia.

El pleno del TC acordó por unanimidad de sus siete miembros no participen, por cuanto conforme lo dispone el artículo 201 de la Constitución Política, establece la autonomía de esta institución pública descentralizada, encargada del control de la Constitución.

En esta nueva sesión del Consejo, fue presidido por el Presidente de la República Francisco Sagasti y es preciso indicar que el propio ex presidente del Poder Judicial Dr. José Luis Lecaros, cuestionó que sea el propio Presidente de la República, quién presida esta importante institución de justicia, pues ha indicado que la ley establece que se elige a quién preside el Consejo y se eligió al primer mandatario y ha dejó entrever que sea otra autoridad, la que presida dicha nueva institución, a fin de darle mayor autonomía.

Asimismo, debemos indicar que este Consejo, cuenta con un Consejo Técnico, para la ejecución de sus acuerdos y serán los propios representantes de las instituciones que conforman el sistema de justicia.

Dentro, de las funciones de esta nueva entidad judicial, será la de impulsar la reforma judicial, realizar seguimiento, control y además formular criterios de evaluación para la elaboración de la política nacional de reforma del sistema de justicia.

Entretanto, es necesario generar debate para que exista una agenda judicial, que marque la pauta para que se implementen algunas reformas dentro del aparato de impartición de justicia y ello parte por la asignación dentro del Programa Estratégico Institucional de cada entidad, que se le asigne de un adecuado presupuesto para la ejecución de los bienes y servicios públicos.

No cabe duda, que la agenda judicial de esta institución, se irá ampliando a medida que se den a conocer el plan de trabajo institucional, pues urge realizar cambios en la reforma judicial, a fin de que se preserve el respeto al orden constitucional, garantice el sistema democrático y se garantice la plena autonomía e independencia del Poder Judicial.

La convocatoria a esta nueva reunión institucional, no debe quedar en solo eso, “ una reunión “, sino se debe plasmar en una buena toma de decisiones, a fin de robustecer el sistema de justicia, tan sensible y descuidado durante estos últimos años, pues si no se hace, se corre el riesgo de seguir deslegitimizando a las autoridades de cada una de las instituciones que componen esta nueva entidad estatal.

Por lo pronto, se dio una solución inmediata a la crisis generada por el apartamiento del Presidente del Tribunal Constitucional y luego surgió la otra propuesta que sea otra la autoridad que presida el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, con las mismas obligaciones, derechos y atribuciones funcionales para precisamente realizar las urgentes reformas que todos necesitamos.

Estas propuestas realizadas pueden ser viables o no en la presente coyuntura, sin embargo permite plantear algunas consideraciones, que pueden ser materia de implementación por el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia.

Finalmente, las propuestas son bastante interesantes y esperamos se genere un debate público en diferentes foros académicos y posteriormente sean mejoradas y acogidas por las autoridades y así se optimice la impartición de justicia, pues urge implementar una verdadera política pública de justicia, que le cambie el rostro y todo el cuerpo a la dama de justicia.