Opinión

AUMENTO DE LAS COTIZACIONES EN EL SISTEMA PREVISIONAL

Por: CPC SERGIO AGURTO FERNANDEZ

La etapa más difícil en la vida del ser humano, resulta ser la ancianidad, cuando los almanaques de todo lo vivido, sobrevuelan la memoria de aquellas personas que están arriba de los 65 años de edad, recordándoles que si cultivaron o no el sentido previsor (Ahorro) en los mejores años de su vida. Cumplida con la obligación paternal de prodigar las mejores atenciones para los hijos, entonces resulta ser un imperativo volver la mirada hacia uno mismo, para ahuyentar a la mendicidad y lograr ser unos ancianos económicamente auto suficiente y no depender de las voluntades ajenas.

Cuando se inicia la vida laboral, se hipoteca el tiempo de vida a cambio de un salario, que debe de venir acompañado de elementales derechos laborales, como: Mejores condiciones de trabajo, remuneración justa, pago de CTS, y el acceso a la jubilación. Sólo que estos buenos deseos se diluye por la existencia de contradictorios regímenes laborales que desprotegen a quienes con su esfuerzo, contribuyen a la generación de la riqueza del país.

Según como sea la modalidad de pago del servicio prestado, se puede ser un trabajador formal, cuando la remuneración se paga a través de una planilla y se goza de todos los beneficios inherentes a la condición de ser un trabajador; y se puede ser un trabajador informal cuando se paga a través de un recibo, y la remuneración deja la condición de ser tal, para convertirse en un servicio cualquiera, con exclusión de vitales derechos laborales.

El Estado es el principal promotor de estas incoherencias, por la bicefalia que existe en la administración pública (Ejecutivo y Legislativo), respecto al tratamiento de los recursos humanos, que ha fracturado las expectativas del mercado laboral, con el argumento de “no inflar los costos laborales: público y privado”, y lo peor, con ello ha pauperizado la vida de una buena proporción de sus trabajadores, al negárseles el libre acceso a un sistema previsional, por el solo hecho de ser pagado sus servicios a través de un simple recibo, cuando tal injusticia bien pudo ser enmendado con una norma legal, al no constituir este detalle ninguna carga para el Estado, y todo porque con esta mala costumbre de pagarse la remuneración fuera de una planilla, se libera al Estado o a la empresa con la no generación de los compromisos patronales como Essalud y CTS.

Esta nefasta forma de contratación de personal se inició en la década de los 90, con el denominado “Servicios no Personales” –SNP-, que desconocía todo tipo de beneficios para los trabajadores, complementándose tiempo después con el denominado régimen “Contrato Administrativo de Servicios” –CAS-. Como consecuencia de este régimen –SNP-, vemos a ciudadanos que sobrellevan una vejez con estrecheces económicas, sin pensión de jubilación. Si tomamos como referencia a un trabajador que inicia su vida laboral en el sector público, a los 35 años de edad, lo que se deduce que fueron más de 17 años de servicios (De vida) perdidos, desamparados por este régimen SNP, al no permitírseles efectuar aportes previsionales, en el entendido que el término de la vida laboral (65 años) le sorprendió, sin alcanzar los años mínimos de cotización (20 años), para pretender alcanzar una jubilación (Edad de inicio 35 años + 17 años perdidos + 13 años de cotización  = 65 años de edad).

La época de los lamentos quedó atrás, para dar paso a la acción, dentro de este contexto, hay una población con potencialidades dormidas, a la espera de una voz que las convoque para hacer sus aportes en el tema de la reforma del Sistema Nacional de Pensiones, ya que los gobernantes de turno (Ejecutivo y Legislativo), nunca han aterrizado con una sabia decisión; entonces es el momento para darles una manito y con ello formar una corriente de opinión al respecto, sobre la base de la auto financiación del Sistema, sin comprometer los recursos públicos, en razón de que la jubilación es un derecho que corre por cuenta del trabajador, sin la participación del empleador.

Las actuales condiciones del Sistema impide percibir una aceptable pensión de jubilación, por haberse mantenido inalterable la cotización en solo 10% y 13%, hasta ahora, por lo que tenemos que tener en cuenta algunas consideraciones: 1) En la ONP el rango de la pensión va desde los S/. 500- hasta los S/. 893- y guarda relación a los años cotizados y será de por vida, así no alcance su fondo acumulado para tal fin; 2) En la AFP el monto de la pensión estará en función del fondo acumulado y la expectativa de vida del trabajador y que es considerada hasta los 110 años; 3) De las actuales administradoras poco se puede esperar, por lo que es pertinente crear un “Banco Previsional” que ofrezca doble beneficio a los afiliados: Como aportante y como accionista, y 4) Aumentar la tasa de aportación, arriba del 20%, si es que ya no se quiere seguir percibiendo míseras pensiones; claro este nuevo régimen será para quienes recién se afilian al Sistema y para los que deseen aumentar su fondo individual de jubilación.

Es obvio que este incremento generará un impacto económico negativo entre los trabajadores de bajos ingresos, porque no se les brindó información veraz de lo que significaba cotizar con las actuales tasas y las consecuencias que a futuro tendría que traer (Pensiones de hambre). Es penoso pero es la cruda realidad, por ejemplo si la tasa fuera del 20%, a una persona que gana el sueldo mínimo de S/. 930-, le significará una merma en sus ingresos por S/. 186-, y ya no de S/. 93- como hasta ahora, quedándole sólo S/. 744- mensuales para el presupuesto familiar. ¿Entonces qué hacer?, se le deja ahí o se procede con un incremento razonable, debiéndose equilibrar la balanza para que el perjuicio de unos no signifique el beneficio de otros, si la tasa fuera única.

Entonces desde este punto de vista, el incremento de la cotización estimamos que tiene que ser opcional, sólo para los que así lo deseen, fijándose para el efecto una escala que esté acorde al ingreso de cada trabajador, aunque lo ideal sería que todos los trabajadores accedan a esta nueva modalidad, para no seguir denostando por las irrisorias pensiones que pagan la ONP y la AFP. Lo que se daría sobre la base de lo que actualmente rige (10% y 13%) y podría ser de 15%, 20%, o 25%, y todo esto con el fin de mejorar la calidad de vida de los futuros jubilados. Y esto no sería novedad, por ejemplo los trabajadores de la ley 20530, cotizaban 27% en promedio.