Dr. Edhín Campos Barranzuela
Contra viento y marea de no mediar ningún problema de carácter mediático, este miércoles 07 y jueves 08 de julio, el pleno del Congreso de la República en una sesión presencial, deberá elegir a los nuevos integrantes del Tribunal Constitucional.
Según se ha dado cuenta, existe oposición de ciertos sectores políticos para la suspensión de esta elección y más bien la continúe el nuevo Parlamento nacional ya elegido y próximo a instalarse en los siguientes días.
Se ha cuestionado desde un inicio, el propio reglamento de elección, respecto a la solvencia e idoneidad moral y que durante las entrevistas, solo se necesitan dos puntos de los doce, siempre que se consiga el máximo, puntaje en los otros aspectos, así como también la calidad de la preguntas realizadas por los integrante de la Comisión Especial referidos a temas sensibles como eutanasia, aborto, matrimonio civil igualitario, etc pues en el caso de ser elegidos ya habrían adelantado opinión sobre estos temas.
De prosperar el cuestionamiento a la elección, este sería un segundo aplazamiento de nombramiento de los nuevos tribunos y se dejaría esta posibilidad al nuevo parlamento, también es posible que en cualquier periodo de su nombramiento en el siguiente lustro, habría cuestionamiento al modo, forma y circunstancias de su elección y mientras tanto los actuales magistrados, continuarían excediéndose en su periodo de 5 años que fueron designados.
Si bien en ese sentido, existen objeciones en la elección de los nuevos tribunos por parte de este Congreso de la República, sin embargo es preciso recordar que este parlamento nació por la disolución del anterior, precisamente por la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional y aplazar su elección para el nuevo Congreso significará abdicar a su propia naturaleza y función congresal, pues si es el actual Congreso o el nuevo, cuál sería la diferencia?
No cabe duda, que durante estos últimos años el Tribunal Constitucional ha sido protagonista de la emisión de importantes sentencias para la vida del Estado Constitucional y Democrático de Derecho y muchas de sus resoluciones a favor o en contra de los justiciables, constituyen precedentes vinculantes de obligatorio cumplimiento para todos los jueces de la República y la elección de sus miembros constituye un importante avance para su renovación.
Es posible, que la Comisión Especial de selección de magistrados del Congreso de la República, continúe con el desarrollo del concurso publicó de méritos para elegir a los nuevos tribunos.
La referida comisión ha venido trabajando desde el pasado mes de noviembre y a la fecha se encuentran en el periodo de designación de méritos de los 15 aspirantes y de no mediar ningún inconveniente, esta semana tendremos a los seis magistrados seleccionados que se deben elegir en el pleno del Congreso.
El marco normativo, para elegir a los nuevos tribunos es la Resolución Legislativa 006-2020-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano, mediante el cual reglamenta la selección de candidatos aptos, para la elección de los nuevos magistrados.
La norma detalla, que la elección se desarrolla en dos fases: selección de candidatos y elección de los aspirantes.
Asimismo, las etapas del proceso de selección son las siguientes:
Primera etapa. Inscripción y declaración de postulantes aptos
Segunda etapa. Evaluación de las competencias de las candidatas o candidatos aptos como postulantes para la elección de magistrados y para tal efecto se tendrá en cuenta:
1.- Evaluación curricular.
2.Presentación del informe de la Contraloría General de la República sobre la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas; así como la declaración jurada para la gestión de conflicto de intereses.
3.Entrevista personal.
4.Evaluación y determinación del cuadro de méritos.
5.Publicación del listado de candidatas o candidatos aptos, cuadro de méritos.
De acuerdo al orden de méritos los nuevos aspirantes seleccionados son: Fernando Alberto Calle Hayen, Aarón Oyarce Yuzzelli, Carlos Guillermo Hakanson Nieto, Freddy Widmar Hernández Rengifo, Francisco Humberto Morales Saravia, Helder Domínguez Haro, María del Pilar Dolores Tello Leyva, José Francisco Gálvez Montero, Vicente Rodolfo Walde Jáuregui, David Moisés Velasco Pérez Velasco, Jorge Luis Rioja Vallejos, Oscar Renato Ramón Díaz Gonzales, Miguel Christian Torres Méndez, Luis Gustavo Gutiérrez Ticse y Jacinto Julio Rodríguez Mendoza.
Un aspecto importante, de la reforma normativa para la elección de los nuevos magistrados, es que su nuevo reemplazo se realizará con la elección del magistrado que tiene más tiempo en el ejercicio del cargo o con la colegiatura más antigua, de lo que se pretende que el más antiguo en el cargo, será reemplazado con la elección del nuevo magistrado y así sucesivamente, hasta concluir con todos los miembros que han sobrepasado sus cinco años en la magistratura constitucional.
La importancia, en la elección de los magistrados del máximo intérprete de la Constitución obedece, a que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 202 de la Constitución Política del Estado, se encarga de revisar como única instancia, las leyes contra las que se presentan acciones de inconstitucionalidad y además evalúa en última y definitiva instancia, toda sentencia judicial que se haya denegado a través de un proceso constitucional de hábeas corpus, demanda de amparo, hábeas data y acciones de cumplimiento, así como también conocer los conflictos competenciales o atribuciones que asigna la carta política.