Para próximas elecciones municipales y regionales:
El Congreso de la República promulgó la Ley 31272, que modifica los artículos 24-A y 24-B de la 28094 Ley de Organizaciones Políticas, para uniformizar la exigencia del tiempo de afiliación y los criterios de designación directa para los candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales.
Esta norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, en una disposición complementaria transitoria, señala que para las elecciones del 2022, los candidatos a las elecciones primarias partidarias deben haber renunciado o estar afiliados a las organizaciones políticas en las que postulen, por lo menos un año antes a la fecha de realización de esos comicios; es decir, el 3 de octubre del 2021.
Se indica también que dicha afiliación debe estar registrada en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Además, indica que los partidos solo pueden designar directamente a sus postulantes al Congreso, consejos regionales o concejos municipales, solo hasta el 20% del total de sus listas de candidatos. Esto puede hacerse con personas que pueden ser o no ser afiliados.
La nueva Ley de autoría del congresista ancashino Betto Barrionuevo Romero fue firmada por la Presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez y el segundo Vicepresidente, Luis Roel Vargas, al no haber sido promulgado en el plazo constitucional por el Presidente de la República Francisco Sagasti.